Se aprobó el protocolo antipiquetes

Se aprobó el protocolo antipiquetes

El Gobierno consiguió el apoyo del 80 por ciento de las provincias para avanzar en la normativa. "No vamos a permitir que la calle sea un caos", aseguró la ministra Bullrich.


La sesión del Consejo de Seguridad Interior que reunió a las autoridades nacionales con los ministros del área de cada provincia en Bariloche derivó hoy en la aprobación del protocolo para manifestaciones públicas. El Gobierno ya había adelantado que trabajaba en un proyecto para regularlas, con el objetivo de ordenar las protestas.

“El gobierno del presidente Mauricio Macri no quiere que, durante los próximos cuatro años, las calles sigan siendo un lugar diario y permanente de problemas”, indicó la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, al término del encuentro. “No vamos a permitir que la calle sea un caos. Queremos cambiar la cultura del corte”, añadió.

El protocolo, que según la funcionaria busca “establecer un nuevo paradigma, que genere cierto orden en la sociedad”, recibió el acompañamiento del 80 por ciento de las provincias.

La normativa establece un conjunto de puntos para guiar el accionar de las fuerzas federales y distritales en relación a la protesta social. Para ello, aclara que cada provincia y la ciudad de Buenos Aires deberán “adecuar el protocolo a sus características, sus códigos contravencionales, de procedimiento, y establecerán el momento para dar intervención a la justicia en virtud de las facultades no delegadas de las provincias garantizadas por la Constitución Nacional”.

El texto, a su vez, distingue entre manifestaciones espontáneas y programadas. Para las segundas, indica que una vez notificados, los ministerios de Seguridad de cada área tomarán contacto con los líderes de la manifestación, a fin de que se encauce la misma en el marco del presente protocolo y las leyes vigentes. Se establecerá el recorrido respectivo, tiempo de duración y realización, dando aviso a la justicia.

Tras resaltar que las fuerzas deberán actuar conforme los límites de la ley, Bullrich remarcó que es un deber “garantizar la libre circulación de personas y bienes disponiendo con criterio objetivo la táctica a utilizar, con atención preferencial de personas que requieran una protección especial de sus derechos, tales como niños, adolescentes, mujeres embarazadas, adultos mayores y personas con discapacidad”.

Los pasos a seguir según el protocolo

Una vez en conocimiento de una manifestación pública, las fuerzas de seguridad se comunicarán con el Ministerio de Seguridad pertinente para establecer un espacio de negociación en pos del cese el corte, y se dará aviso a la justicia.

Al margen de eso, “el Jefe del Operativo de Seguridad impartirá la orden a través de altoparlantes, megáfonos o a viva voz, respecto a que los manifestantes deben desistir de cortar las vías de circulación de tránsito, deberán retirarse y ubicarse en zona determinada para ejercer sus derechos constitucionales, garantizando siempre la libre circulación”, expone el texto. Deberá advertir, además, que “ante el incumplimiento de dicha instrucción, se encontrarán incursos en el artículo 194 del Código Penal ( El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años) y, en su caso, en las contravenciones previstas en cada jurisdicción”.

“Si los manifestantes no cumplieren con la orden recibida, se les solicitará que depongan el corte bajo apercibimiento de proceder conforme lo establecido para los casos de los delitos cometidos en flagrancia, según lo dispuesto en los Códigos de procedimiento Penal de cada jurisdicción, poniendo en conocimiento del Magistrado competente, y se procederá a intervenir y disolver la manifestación”, precisa el texto.

Una vez levantado el corte, los funcionarios designados por el ministerio interviniente informarán a las autoridades que correspondan para “establecer una instancia de negociación con el líder o representante del grupo de manifestantes, a los fines de canalizar sus reclamos a las áreas que correspondan”.

Ahora bien, en caso de situaciones de violencia, el protocolo señala que “si entre los manifestantes se encontraren personas y/o grupos de personas que inciten a la violencia y/o porten elementos contundentes y/o armas de cualquier tipo, o utilicen fuego, combustibles, elementos explosivos o inflamables, agentes químicos, pirotecnia, o cualquier otro artículo que pudiere dañar la integridad de las personas, de los miembros de las FFSS, los bienes que se encontraren en el lugar de la protesta, y el medioambiente, las FFSS procederán a aislar e identificar a dichas personas, tomar las medidas necesarias para prevenir la posible comisión de delitos y proceder al secuestro de los elementos contundentes”.

La normativa remarca, respectos a los agentes de las fuerzas de seguridad que “el uso de la fuerza debe limitarse siempre al mínimo posible, como respuesta para superar ordenadamente la resistencia de quienes cometan delitos de acción pública y ante situaciones de legítima defensa”.

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