La Justicia porteña ordenó a Larreta a alojar a una familia en situación de calle

La Justicia porteña ordenó a Larreta a alojar a una familia en situación de calle

La titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 6 de la Ciudad, Patricia López Vergara, hizo lugar a la acción de amparo.

La orden se llevó a cabo este viernes.

La Justicia de la porteña hizo lugar a la acción de amparo impulsada por una familia compuesta por abuela, hija y sus dos nietos, quienes se encuentran en inminente situación de calle. La orden se llevó a cabo el pasado viernes y se pidió al Gobierno de la Ciudad que les dé una solución concreta de alojamiento definitivo.

La titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 6 de la Ciudad, Patricia López Vergara, fue la encargada de decretar estas medidas con perspectiva de género. Asimismo, la magistrada destacó: “La co-actora A. D. ha atravesado episodios de violencia por parte del padre de sus hijos, circunstancia que ha acentuado su estado de vulnerabilidad. Ello, especialmente si se tiene en cuenta que la victimización, entre otras, constituye una causa de vulnerabilidad conforme las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad”.

En la misma línea remarcó que la co-actora “obtuvo cautelarmente la prohibición de acercamiento del progenitor de sus hijos y se halla a cargo de su crianza sin redes socio familiares de contención que coadyuven a tal propósito”.

A su vez, López Vergara destacó que “en este estado, no puede soslayarse que el propio Gobierno de la Ciudad reconoció la situación de vulnerabilidad en que se halla la co-actora”, y a la vez que recordó que se desprende del informe surgido de los profesionales del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano del GCBA, que A. D. se separó del padre de sus hijos “por razones de violencia de género”, “se encuentra desempleada” y “los únicos ingresos que posee provienen del Programa AUH”. “En tales condiciones, se advierte que la actora sólo podrá superar su particular estado de vulnerabilidad en la medida en que pueda atravesar un proceso de autovalimiento que hoy solamente puede ser posible en tanto el Estado local le brinde las herramientas necesarias que le permitan alcanzar una vida autónoma y libre de violencia”, afirmó en sus considerandos.

En la misma sintonía, la jueza advirtió que “no corran la mirada frente a la especial coyuntura de violencia de género en tanto se erige en un obstáculo que dificulta el ingreso al mercado de trabajo de quienes son víctimas”.

“Basta recordar que la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer ‘Convención de Belém do Pará’ coloca como sujeto de especial protección a la mujer víctima de violencia de género” y que por su parte, la República Argentina “ha aprobado la mencionada convención mediante ley n.° 24.632, circunstancia que da razón de la voluntad del Estado de afianzar la protección de los derechos humanos de las mujeres víctimas y de contribuir a su plena inclusión en la sociedad”, finalizó la titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 6.

La información fue dada a conocer por Ijudicial.

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