La Justicia aceptó tratar el amparo de la CGT contra el DNU de Milei

La Justicia aceptó tratar el amparo de la CGT contra el DNU de Milei

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró que la causa debe tramitarse en enero.


La Justicia del Trabajo aceptó levantar la feria judicial para tratar la denuncia de la Central General de los Trabajadores (CGT) contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei que apunta a desregular la economía y cambiar las condiciones laborales en el país. La resolución, firmada por los camaristas María González y Alejandro Subera, atendió el pedido de la CGT, firmado por su secretario general Héctor Daer, que buscaba levantar la feria y analizar la implementación de una medida cautelar sobre el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU).

La causa recayó en la sala de feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo tras el fallo de juzgado laboral interviniente a cargo de José Ramonet que desestimaba la medida cautelar “interina” solicitada por la parte actora.

La central obrera solicitó en el primer punto de su petición que “se decrete la medida cautelar solicitada de suspensión de la aplicación del “Título IV Trabajo” del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023″.

En la misma resolución, los jueces González y Subera trasladaron el expediente al Ministerio Público Fiscal para que emita un dictamen. “Esta Sala considera que, frente a las particularidades del caso, lo traído a consideración amerita la apertura de la habilitación de la feria judicial solicitada, lo que así se resuelve”, señalaron los camaristas.

La entidad sindical -que la semana pasada hizo una marcha al Palacio de Tribunales contra el DNU y que anunció un paro general de 12 horas para el 24 de enero- reclama que se declare la inconstitucionalidad de las reformas laborales que aplica del DNU y que están en vigencia desde el viernes pasado.

El caso tuvo una primera resolución: el juez laboral José Ignacio Ramonet rechazó la semana pasada una medida precautelar para suspender el DNU. Lo hizo al señalar que el DNU no estaba en vigencia y aceptó la competencia del fuero para tramitar el caso. También le dio al gobierno nacional tres días para responder la demanda.

Pero lo que el gobierno hizo fue presentarse en el fuero contencioso administrativo federal para pedir que ese tribunal intervenga en el amparo de la CGT porque allí se tramita un proceso colectivo. El juez contencioso Esteban Furnari aceptó el planteo y le reclamó la fuero laboral la causa de la CGT. Pero la entidad sindical apeló esa decisión al igual que el rechazo a suspender el DNU. Todo está bajo revisión.

El amparo colectivo lo inició la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad, CTA y ATE, entre otros, y el juez Furnari le dio esa calidad, por lo que la discusión es si ese expediente toma a todos los demás. Uno de los amparos que se incorporó fue el de Jorge Rizzo, actual integrante del Consejo de la Magistratura de la ciudad de Buenos Aires y ex presidente del Colegio Público de Abogados, quien hoy pidió que se habilite la feria judicial.

“Es inocultable que el caso reviste una gravedad institucional inusitada, pues con el dictado del DNU se encuentra comprometido una institución básica del sistema republicano y representativo de gobierno que establece la Constitución, que no es más ni menos el irrestricto respeto a la división de poderes”, sostuvo Rizzo y agregó que el caso presenta una “gravedad institucional” que amerita habilitar la feria.

El abogado también señaló entre sus argumentos que “los efectos del DNU han comenzado a tener eficacia, convalidándose aunque sea transitoriamente los efectos jurídicos de los actos realizados en su virtud, por más que luego sea confirmada la tacha de inconstitucionalidad que se persigue, lo que genera un evidente estado de inseguridad jurídica, una de las madres de la gravedad institucional”.

“Es a todas luces evidente que sí el tratamiento de un Decreto no admite demoras, menos demora aun admite el tratamiento de un DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA. Si hay necesidad y urgencia para la convalidación del Decreto, hay necesidad y urgencia para pronunciarse sobre la medida peticionada tendiente a suspender sus efectos en razón de resultar dicho acto administrativo un acto nulo, de nulidad absoluta e insaneable”, expuso Rizzo que además insistió en su planteo de que se dicte una medida cautelar que suspenda los efectos del DNU hasta que se analice su inconstitucionalidad.

El amparo colectivo ahora está a cargo del juez en lo contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico, que es el magistrado de primera instancia durante la feria de enero y quien tendrá que resolver el pedido.

Entre las varias causas iniciadas contra el DNU en la que se pide su inconstitucionalidad ya hay dos en las que se habilitó la feria, además de la de la CGT. Una se trata de un amparo iniciado en la provincia de San Juan y el segundo en la justicia federal de Lomas de Zamora. En ese expediente el juez federal Juan Pablo Auge habilitó la feria pero dispuso que su causa pase a integrar el amparo colectivo que se inició en el fuero contencioso administrativo federal y que está recibiendo varias de las causas.

Pero por otra parte, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que intervendrá en la causa que recibió recién en febrero, con el regreso de la actividad judicial. Es en la causa que inició el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, contra el DNU y en la que pidió que se habilite la feria judicial.

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