Más cepo al dólar: el Gobierno amplió las restricciones cambiarias

Más cepo al dólar: el Gobierno amplió las restricciones cambiarias

La CNV restringió las operaciones con los dólares financieros, el MEP y el contado con liquidación.


El Gobierno Nacional fijó el martes más cambios en las operatorias con divisas, al disponer que quienes adquieran dólares a través de la compra y venta de bonos (MEP o CCL), deberán aguardar 15 días para operar con los mismos. La Comisión Nacional de Valores (CNV) publicó la resolución que modifica sustancialmente las operaciones con dólares en el mercado local.

Desde este miércoles, cualquiera que genere dólares MEP o Cable por ALs y GDs por pantalla no podrá usarlos, al igual que ningún otro, por los 15 días posteriores a la compra (por otro activo que no sea AL30 o GD30).

De esta manera, quien compre dólar MEP deberá esperar otros 15 días para volver a adquirir dólares a través de la Bolsa, en caso que la operación fuera realizada a través de los bonos GD30 o AL30, que son los que el Gobierno utiliza para intervenir en el mercado.

Desde Economía indicaron que la medida que es para frenar un rulo financiero que se hacía comprando dólares baratos en la Bolsa y luego revendiéndolos más caros, a costa de las reservas del Banco Central.

La operatoria invierte el parking, ya que en lugar de esperar en títulos para comprar dólares deja adquirirlos, lo que permite cerrar el precio, y después no se puede venderlos (parking) por 15 días, detallan en el equipo económico.

Operadores aclararon que si se compró dólar MEP, podrán enviarse a una cuenta bancaria y retirarlo. La restricción de 15 días es contra la venta de activos dolarizados o para volver a comprar por ese plazo de dos semanas.

Qué dice la nueva resolución del Gobierno

La Comisión Nacional de Valores (CNV) explicó: “Este organismo dictó recientemente la RG 959 que precisa ciertas regulaciones específicas para la concertación y liquidación de operaciones por parte de cada una de las subcuentas alcanzadas por el concepto de cartera propia de agentes, y que revisten el carácter de inversores calificados”.

“Se dispone que los agentes podrán cursar órdenes para concertar operaciones con liquidación en moneda extranjera o para transferir valores negociables desde o hacia agentes depositarios del exterior, sólo si durante los quince (15) días corridos anteriores, el cliente no concretó operaciones de venta de valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina bajo ley local y/o extranjera, con liquidación en moneda extranjera, en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo y, asimismo, que exista manifestación fehaciente de no hacerlo en los quince (15) días corridos subsiguientes”, informó la entidad.

La lupa en el dólar financiero

La CNV analiza “los arbitrajes y rulos que hicieron las sociedades de Bolsa” en las últimas jornadas. Se sospecha de  operaciones fuera del marco habitual y de un importante volumen que promueven la suba de las versiones financieras del dólar, lo que se conoce como contado con liquidación y Bolsa (o MEP).

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