Más autonomía para el Ministerio Público

Más autonomía para el Ministerio Público

Finalmente, luego de seis prórrogas, el despacho de la Comisión de Justicia que proponía las modificaciones a la ley 1903 fue aprobado en sesión especial este viernes 20 de julio por los legisladores porteños y ya podrá regir en la Ciudad de Buenos Aires la Ley de Ministerio Público. La misma le da al órgano judicial autonomía del Consejo de la Magistratura en algunas decisiones que tienen que ver con compras, contrataciones y sanciones al personal. También podrá dictar su propio reglamento interno.


Con 34 diputados, comenzó la sesión especial del viernes 20 de julio para tratar la modificación de la Ley 1903. A las 18 horas se votó en general y se aprobó con 36 votos afirmativos, la modificación a la Ley del Ministerio Público. El órgano judicial obtuvo mayor autonomía que la que tenía actualmente, pero no tanta como preveía originalmente la ley.

Los puntos más importantes tienen que ver con la administración de recursos, de personal y de sanciones disciplinarias.

Así, a partir de ahora, la Fiscalía General, la Defensoría General y la Asesoría General podrán realizar compras para el Ministerio Público hasta el monto de 300.000 pesos cada una, sin depender de las decisiones del Consejo de la Magistratura.

En cuanto a las contrataciones de personal administratitivo, se resolvió que el propio Ministerio Público puede llevarlas a cabo, también sin que éstas deban pasar tampoco por el Consejo.

Las sanciones a los magistrados (defensores, asesores y fiscales), a su vez, las seguirá dictando el Consejo de la Magistratura, pero las autoridades del Ministerio Público podrán sancionar a sus propios empleados administrativos.

También se resolvió que la elaboración anual del anteproyecto de presupuesto sea confeccionado por la Comisión Conjunta de Administración contemplada en el Artículo 23° de la Ley 1903, sin perjuicio de que la elaboración del Presupuesto siga en cabeza del Consejo de la Magistratura.

Además, a partir de ahora, el Ministerio Público podrá dictar su propio reglamento interno.

Tras la sanción en general de la norma, se sometió el despacho a la discusión en particular -artículo por artículo- donde se introdujeron algunas modificaciones más. Con varios altibajos, en los que la falta de quórum amenazó más de una vez y los cuarto intermedios fueron muy pedidos, finalmente la ley se votó.

La Ley 1903 (Orgánica del Ministerio Público) fue sancionada por la Legislatura en diciembre de 2005, pero su entrada en vigencia fue prorrogada en reiteradas oportunidades "a los efectos de armonizar su texto legal con las atribuciones consagradas por la Constitución local al Consejo de la Magistratura", explicó la Comisión de Justicia.

Se argumentó además que las modificaciones propuestas buscan agilizar la tarea del Ministerio Público teniendo en cuenta "la asunción de la creciente tarea que implica el traspaso de las nuevas competencias transferidas desde la Justicia Nacional", para lo cual necesitará de "las herramientas necesarias para poder desenvolver plenamente sus funciones sin menoscabar las competencias de otros órganos constitucionales".

El texto tratado fue consensuado en el marco de la Comisión de Justicia de la Legislatura, entre fiscales, defensores, asesores, miembros del Consejo de la Magistratura y diputados de la Ciudad, sobre la base de varios expedientes: 1375-D-2006, Enrique Olivera, Teresa de Anchorena, Pablo Failde, Liliana Parada, Alejandro Rabinovich, Guillermo Smith (ARI) y Juan Manuel Velasco (Iniciativa Verde); 1890-D-2006, Oscar Zago (Juntos por Buenos Aires); 719-D-2007, Luciana Blasco, María Soledad Acuña, Roberto Destéfano y Rodrigo Herrera Bravo (CpC); y 720-D-2007; Marcelo Meis y Jorge San Martino (Recrear).

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