Endurecen las penas para quienes realicen pintadas en monumentos

Endurecen las penas para quienes realicen pintadas en monumentos

Las multas irán hasta los $3.000. Las sanciones se elevarán al doble cuando la acción se realiza desde un vehículo motorizado. La norma alcanza a quienes ensucien edificios públicos.


La Legislatura aprobó este jueves en sesión ordinaria un proyecto que incrementan las sanciones a quienes realicen pintadas en edificios públicos. La iniciativa establece sanciones con 1 a 15 días de trabajos de utilidad pública o doscientos $200 a $ 3.000 de multa para quien manche o ensucie por cualquier medio bienes de propiedad pública o privada.

El proyecto del diputado Oscar Moscariello (Pro) fue aprobado por el Cuerpo legislativo con 48 votos afirmativos y dos abstenciones de los bloques Frente de Izquierda y Seamos Libres.

La modificación al artículo 80 del Código Contravencional establece que la sanción se eleva al doble cuando la acción se realiza desde un vehículo motorizado o cuando se efectúa sobre estatuas, monumentos, templos religiosos, establecimientos educativos y hospitalarios, edificios o lugares públicos, estaciones y vagones de subterráneos o de trenes. En caso de que se trate de bienes de propiedad privada, la acción será dependiente de instancia privada, excepto en el caso de templos religiosos.

El legislador fundamenta que “a las pintadas que sufrió hace algunos meses y sufre nuestra Legislatura, se suma la de otros edificios y lugares públicos. A las clásicas leyendas de campaña política, se suman también la modalidad del graffiti como expresión urbana, los que afectan con mayor frecuencia a edificios o lugares públicos, estaciones y vagones de subterráneos y/o trenes”.

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