Cromañón: pidió prisión domiciliaria, se la negaron por ser lesbiana

Cromañón: pidió prisión domiciliaria, se la negaron por ser lesbiana

Ana María Fernández deberá cumplir su pena de prisión a pesar que cuenta con un hijo de 6 meses al cual amamanta. Para los jueces, “existe otra madre que puede ocuparse".


Ana María Fernández, ex directora de Fiscalización y Control del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires durante la gestión de Aníbal Ibarra, deberá cumplir en una cárcel la condena de 3 años y medio de prisión confirmada días atrás por la Sala III de la Cámara de Casación Penal en el marco del juicio por la tragedia de Cromañon, ya que su solicitud de cumplimiento de pena en su domicilio fue rechazado.

La ex funcionaria pidió a la justicia que se le permitiera gozar del beneficio de cumplir la pena de prisión en su domicilio ya que cuenta con un hijo de 6 meses al que se encuentra amamantando. Si bien este beneficio puede ser solicitado por mujeres con hijos menores de 5 años o embarazadas, los integrantes del Tribunal Oral Nº 24 consideraron que en el caso, por tratarse de una familia conformada por una pareja de mujeres del mismo sexo, no correspondía concederlo ya que el menor en cuestión tiene “otra madre que puede ocuparse de la atención del pequeño y también familia extensa que cubre las necesidades de atención que pueda demandar el menor de edad”.

Apoyados en el dictamen del fiscal, los jueces Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Mariano Borinsky, entendieron que al existir dos madres, el menor puede ser atendido por cualquiera de ellas, y el amamantamiento también podría ser ejercido a voluntad de cualquiera de las mujeres integrantes de la pareja por el sólo hecho de ser mujeres (sin sopesar el hecho que la condenada es la madre biológica del bebé y quien desarrolló las mamas para alimentar al hijo).

“En el caso en estudio –indicó el tribunal– no se advierte ninguna situación de desamparo ni de inseguridad material y/o moral del niño que implique resolver la tensión de derechos indicada para conceder el arresto domiciliario”, expresaron los magistrados para fundamentar el rechazo al beneficio de prisión domiciliaria.

La resolución en cuestión podría motivar acciones judiciales contra los integrantes del TOC 24 por discriminación ya que desde diversas asociaciones se sostiene que en el caso de tratarse de una pareja heterosexual, no se hubiera rechazado el pedido de prisión domiciliaria.

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