Denunció ser víctima de violencia de género y murió poco después

Denunció ser víctima de violencia de género y murió poco después

La mujer fue asesinada pocos meses después de realizada la denuncia sobre su expareja. El hombre deberá ir a prisión, además, por ser considerado "reincidente".


La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad con el voto por mayoría de la jueza de Cámara Marta Paz y su par, Jorge Franza ratificó el 14 de julio pasado, un fallo que establece una condena de cuatro años y cinco meses de prisión de efectivo cumplimiento a un hombre en un caso que se enmarca en el contexto de una situación de violencia de género.

La mujer fue asesinada pocos meses después de realizada la denuncia. Esa causa, mientras tanto, aún se encuentra en trámite y en ella se encuentra detenido e imputado el señor V. En el caso que ocupó a la justicia porteña, la víctima lo señaló como el autor de las amenazas y privación de su libertad el 25 de abril de 2015, cuando se encontraban ambos en el interior del domicilio en el centro porteño. D.R. expuso el “miedo de que la matara”, tanto ante la Oficina de Atención a la Víctima y al Testigo (OFAVyT) como ante las autoridades policiales. También “se produjeron testimonios de vecinos que en forma independiente se comunicaron al 911 para solicitar el auxilio policial”. A su vez, prestó declaración la Sra. E.L., madre de la víctima, que fue “terminante” a la hora de dar cuenta de “la situación de violencia a la que V. había sometido a su hija en el transcurso de la relación que los unió”.

Así, los camaristas Paz y Franza, trabajaron particularmente en todo lo referido a la situación de la niña A. (hija de D.R.), “que también corresponde que sea considerada una víctima de los hechos ventilados y de la situación de violencia que quedara expuesta”. Dicho esto, los magistrados advirtieron que “de las constancias de la causa se advierte que la menor no ha recibido ningún tipo de asistencia ni se le ha propiciado tratamiento alguno por parte del Estado”. Por tanto, coincidieron en que “corresponde se adopten medidas expeditas y eficaces de promoción, tratamiento y protección respecto de la niña A., teniendo en cuenta las circunstancias expuestas en el caso, por lo que debe ser oída, y también se le debe otorgar de por vida y de forma gratuita, tanto a ella como así también a su grupo familiar por consanguinidad o afinidad, o a otros miembros de la familia o de la comunidad, asistencia médica y psicológica, a través de los organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil con formación especializada en la prevención y atención de la violencia contra las mujeres”, según expone el sitio web iJudicial.

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