Otro procesamiento contra Echegaray: ahora, por contrabando agravado

Otro procesamiento contra Echegaray: ahora, por contrabando agravado

Además, por orden del juez Diego Amarante, al extitular de la AFIP se le impuso un embargo por un millón de pesos y se le prohibió la salida del país.

Ricardo Echegaray, extitular de AFIP

Por orden del juez Diego Alejandro Amarante, el extitular de la AFIP, Ricardo Echegaray fue procesado luego de ser acusado de “contrabando agravado” de un auto de alta gama. Asimismo, se le impuso un embargo por 1 millón de pesos y se le prohibió el egreso del país.

Sin embargo, quien además fue procesado junto al extitular de la AFIP fue Chun-Teh Hsieh, un diplomático taiwanés que habría recibido un tratamiento aduanero y fiscal al momento de ingresar un Mercedez Benz E 350 a Argentina.

De acuerdo con la resolución dictada por el juez Amarante y publicada por el Centro de Información Judicial (CIJ), la gestión para entrar un coche de alta gama al país no cumplió las reglas desde el principio. En el documento se explicó que “el beneficio fue concedido por quien carecía potestades para otorgarlo y mediando la opinión en contrario de quien se encontraba investido de esa facultad, fue acordado en favor de quien no podía recibirlo, y fue más amplio de que le hubiere correspondido incluso a aquellas personas o misiones que podían recibirlo”.

Lo que establecía la reglamentación vigente era que la Dirección Nacional de Ceremonial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto debía determinar la aplicación del régimen de franquicias diplomáticas. En el caso investigado por Amarante, el beneficio fue solicitado directamente a la Dirección General de Aduanas y resuelto en ese organismo sin intervención alguna de quien debía expedirse sobre el tema.

En tanto, se tuvo en cuenta la existencia de un trámite anterior, en el cual el Ministerio de Relaciones Exteriores se había pronunciado en forma negativa a la concesión del beneficio.

En la misma línea, se dejó en claro que el régimen de franquicias y excepciones establecido por el decreto 25/70 no aplicaba con relación a la Oficina Comercial y Cultural de Taipei, ni a las personas que allí prestaban servicios.

Al respecto, el juez Amarante puntualizó en la existencia de otros procesos penales que se están llevando a cabo contra el exrecaudador, entre los cuales, se encuentran hechos ilícitos de gravedad, como también la existencia de elementos que permitieron asumir que Ricardo Echegaray pudo acceder irregularmente a la documentación de interés para la causa permanece extraviada, al día de hoy.

Pero, a su favor se valoró la baja entidad del episodio que se le reprocha, el tiempo transcurrido desde el suceso, y muy en particular la inexistencia de indicio o sospecha alguna de que hubiere actuado motivado por ánimo de lucro u otra motivación de análoga naturaleza.

En este sentido, se fijó una caución real de un millón de pesos. Asimismo, se le impusieron las siguientes reglas: a) la prohibición de salida del país; b) la prohibición de ausentarse de su domicilio por períodos mayores a 72 horas sin previa autorización del Tribunal y c) la obligación de presentarse ante los estrados del Juzgado dos veces por mes.

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