Nuevo protocolo para detener a lesbianas, gays, bisexuales y trans

Nuevo protocolo para detener a lesbianas, gays, bisexuales y trans

A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Seguridad estableció una serie de pautas.

Nuevo protocolo para detener a personas del colectivo LGTB.

El cambio de época llegó para quedarse. Un nuevo hecho lo demuestra. El Ministerio de Seguridad aprobó el denominado “Protocolo General de Actuación de Registros Personales y Detención para Personas Pertenecientes al Colectivo LGBT” que utilizarán las fuerzas policiales y de seguridad federales.

La medida está plasmada en la Resolución 1149-E/2017, que fue publicada en el Boletín Oficial de este lunes con la firma de Patricia Bullrich. El mismo texto también aprueba el modelo sugerido de “Acta de Detención y Notificación de Derechos” y las “Pautas Mínimas de Actuación para Registros Personales y Detención en la Vía Pública de Personas Pertenecientes al Colectivo LGBT”.

“En este sentido, resulta oportuno y conveniente establecer un protocolo de actuación general para las fuerzas policiales y de seguridad federales al momento de la detención de una persona perteneciente al colectivo LGBT”, completó la cartera que maneja Bullrich.

El texto indica, por ejemplo, que “la persona detenida será alojada según el género autopercibido, en una celda separada si entiende que existe un riesgo potencial para su integridad, dignidad u otros derechos o si, al momento de informar su género, no se identifica con ninguno del binomio masculino/femenino”.

En otro de los puntos se precisa que “las personas (…) que necesiten utilizar instalaciones diferenciadas por sexo en las dependencias (ej. sanitarios) serán consultadas sobre si desean hacer uso de las instalaciones femeninas o masculinas”.

“Ante la presencia de una persona que haya optado por un género que difiera de su condición biológica, o bien cuando el personal policial advierta tal circunstancia, deberá dispensársele el trato correspondiente al género autopercibido, respetando aquel nombre de pila con el cual se sienta identificado, sin perjuicio de la documentación que exhiba”, dice uno de los puntos. Y aclara que “en caso de no poseer la documentación se actuará de igual manera, o sea por el nombre de pila con el cual se identifique y por el género con el cual se autoperciba y exprese oportunamente”.

El texto remarca que el efectivo debe “consultar a la persona a requisar cuál es su autopercepción de género” de manera que coincida el género del policía que encabeza el procedimiento “a fin de garantizar su dignidad y preservar su intimidad”. La pregunta sobre la autopercepción debe realizarse con “tono calmo y voz clara”, reza la norma.

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