Denunció por acoso callejero a empleados de un local y pagaron $100.000

Denunció por acoso callejero a empleados de un local y pagaron $100.000

La mujer sufría constantes acosos por parte de un grupo de empleados de Palermo, y debieron indemnizarla.


El acoso callejero es una falta contravencional que debe ser denunciado por aquellas mujeres que reciban cualquier tipo de acoso en la vía pública: física o verbal.

Esto fue lo que decidió hacer Greta Galvaño Ter-Akopian, quien denunció a los empleados de un negocio del barrio porteño de Palermo tras sufrir meses de acoso sexual callejero, y en una mediación acordó con los dueños del local el cobro de 100 mil pesos a modo de resarcimiento. 

Cansada de esto, la abogada decidió en agosto ingresar al local y contarles al encargado y al gerente lo que ocurría. Uno de los empleados aludidos admitió lo sucedido, y la mujer avisó que los denunciaría penalmente.

“Si tuviera que hacer una denuncia por cada vez que me acosan verbalmente en la calle tendría que vivir en la fiscalía. Pero esta vez me harté, fueron meses”, dijo la mujer a La Nación.

Por razones legales no puede difundirse el nombre del local, aunque la mujer se reservó el derecho de publicar el caso.

“Para mí es fundamental que se sepa lo ocurrido porque significa una ampliación de derechos para todas las mujeres y un precedente que podría impactar en casos similares”, dijo Ter-Akopian.

La causa penal, en tanto, se tramita en una fiscalía especializada en Violencia de Género, y fueron presentados como testigos el encargado, el gerente y el apoderado de la firma. Todos respaldaron la denuncia de la joven, y notificaron la carta documento de despido de los imputados. El caso irá a juicio.

El acoso callejero entendido “como aquel tipo de violencia ejercida contra las mujeres por una o más personas, en lugares públicos o de acceso público (…) a través de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia, o generen un ambiente hostil u ofensivo” pasó a formar parte de las modalidades de violencia de género que se detallan en la Ley N° 26.485 de Protección Integral de las Mujeres.

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