Denunciaron un caso de abuso durante la toma del Nacional Buenos Aires

Denunciaron un caso de abuso durante la toma del Nacional Buenos Aires

La denuncia la hizo el propio director del colegio, Gustavo Zorzoli. Aseguró que los responsables de la toma no denunciaron el hecho a las autoridades.

El Colegio Nacional de Buenos Aires.

Las tomas de colegios en la Ciudad se transformaron en una cuestión política. Noticias Urbanas detalló las reuniones entre legisladores, funcionarios y alumnos para tratar de solucionar el conflicto. Pero ahora se conoció una denuncia impactante de un suceso supuestamente ocurrido durante una toma.

El rector del Colegio Nacional de Buenos Aires, Gustavo Zorzoli, denunció el último jueves un caso de abuso sexual perpetrado durante la toma de esa escuela porteña por parte de los estudiantes que se oponen a la reforma educativa en el distrito.

El directivo advirtió que el ataque sexual fue perpetrado durante el primer día de la protesta estudiantil y aseguró que los responsables de la toma no denunciaron el hecho a las autoridades. En un comunicado dirigido a la comunidad educativa, Zorzoli sostuvo que “un/a alumno/a del Colegio ha denunciado haber sufrido un abuso sexual por parte de un/a compañero/a, durante una de las primeras noches de la última toma”.

“Lamentablemente, hemos tomado conocimiento de este hecho muy recientemente, dado que el/la alumno/a en cuestión decidió informárselo a los estudiantes que conducían la ‘toma’, quienes optaron por no comunicar el hecho a las autoridades del Colegio”, agregó.

“Inmediatamente después de conocer la denuncia, hemos puesto en marcha el protocolo de violencia de género vigente en la UBA: nos hemos reunido con los/as estudiantes involucrados, también con la familia del/a que habría sido abusado/a, dispusimos el acompañamiento psicológico a ambos/as estudiantes y realizamos las comunicaciones pertinentes ante el Consejo de Niños, Niñas y Adolescentes”, indicó. El rector del Buenos Aires aclaró que “la denuncia penal correspondiente –de acuerdo al art. 72 inc 1. del Código Penal– debe realizarla la madre o el padre del/a damnificado/a en su condición de representante legal, toda vez que se trata de un delito dependiente de acción privada”.

“Este hecho pone de manifiesto claramente la situación de vulnerabilidad a la que quedan expuestos nuestros alumnos”, concluyó.

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