“Cuando el Estado genera una obligación, debe garantizar que los ciudadanos puedan cumplirla”

“Cuando el Estado genera una obligación, debe garantizar que los ciudadanos puedan cumplirla”

Así lo manifestó, la legisladora del interbloque de Evolución, Natalia Fidel, luego de que se aprobara la ampliación de la licencia por paternidad en alumnos.

La legisladora Natalia Fidel

La Legislatura porteña aprobó la ampliación de la licencia por paternidad en alumnos. La Ley N° 709 sancionada en el año 2001 otorgaba un régimen de 45 días de faltas justificadas para las alumnas madres y 5 días para los alumnos padres. Con la modificación, las faltas para alumnos padres se extiende a 30 días.

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó la modificación de la Ley N° 709 impulsada por la diputada de Suma+ Natalia Fidel con 59 votos positivos, 0 negativos y 0 abstenciones. Así, se extienden los plazos de inasistencias justificadas a 30 días para alumnos en condición de paternidad y alumnos padres. En la Ley original, las alumnas madres o embarazadas contaban con 45 días y con la modificación, este plazo se extiende, para varones, de 5 a 30 días, más 15 días en situaciones excepcionales para ambos padres (embarazo riesgoso, nacimiento con discapacidad, etc).

Según un informe de UNICEF, en la Argentina nacen anualmente entre 2800 y 3200 niños de madres menores de 15 años. Según este mismo informe, el 95% por ciento de las chicas de 14 años que no son madres asiste a un establecimiento educativo, mientras que este índice baja al 66% cuando hablamos de madres de esa edad.

“Desde el año 2002, la Educación Secundaria es obligatoria en la Ciudad. Cuando el Estado genera una obligación, también debe garantizar las condiciones para que los ciudadanos puedan cumplirla. Con esta modificación de la ley no sólo lidiamos con el flagelo de la deserción escolar, sino que desde la adolescencia combatimos la creencia y la carga de que la crianza de los hijos es cuestión femenina”, expresó la diputada de Suma+ Natalia Fidel.

La Ley N° 709 (2001) de “Régimen especial de inasistencias para alumnas embarazadas y alumnos en condición de paternidad que cursen en instituciones públicas o privadas dependientes de la Secretaría de Educación de la Ciudad” contemplaba un régimen de inasistencias justificadas, diferencial para varones y mujeres.

Al respecto, la diputada Fidel agregó: “Mediante las modificaciones aquí propuestas, se procura fomentar la crianza compartida de los hijos/as. Generando medidas que contribuyan al desarrollo de las mujeres e incorporen a los varones como figuras de cuidado, podremos dar un paso adelante en el camino de la eliminación de las relaciones asimétricas de poder entre varones y mujeres”.

 

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