Acerca de la renuncia de D’Andrea

Acerca de la renuncia de D’Andrea

"Las dos funciones centrales de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro son el registro de obras y el control del desarrollo de éstas. La primera de estas funciones -tal cual está planteada- dificulta más que facilita los trámites para quienes quieren construir. La segunda fue paulatinamente vaciada y tercerizada durante la gestión D'Andrea".


La renuncia del director de Fiscalización de Obras y Catastro de la Ciudad de Buenos Aires, Norberto D’Andrea, abre una excelente posibilidad para rectificar algunas decisiones que fueron producidas durante su gestión.

Las dos funciones centrales de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro son el registro de obras y el control del desarrollo de éstas.

La primera de estas funciones -tal cual está planteada- dificulta más que facilita los trámites para quienes quieren construir. La segunda fue paulatinamente vaciada y tercerizada durante la gestión D’Andrea.

Para que esto fuera posible, el funcionario renunciante emitió una serie de disposiciones que modificaron seriamente el Código de Edificación. De todos modos, éstas deberían haberse efectuado por medio del procedimiento de leyes de doble lectura, es decir, con audiencia previa. Al no haber ocurrido esto último, las disposiciones mencionadas carecen de legalidad.

Por último, existió también, durante el período en el que D’Andrea estuvo al frente del organismo, una larga serie de transferencias de funciones desde el Estado porteño hacia manos particulares que le generaron un fuerte perjuicio al erario público.

Para reparar algunos de estos errores, debería producirse la normalización de las gestiones administrativas con la publicación de un Manual de Procedimientos que permita la equiparación en los trámites que deben efectuar los profesionales de la construcción.

Todas las disposiciones que modificaron el Código de Edificación deberían además ser remitidas a la Legislatura porteña para que sean anuladas o transformadas en leyes y luego incluidas en el código mencionado.

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