Ley Ómnibus los cambios que introdujo el Gobierno

Ley Ómnibus los cambios que introdujo el Gobierno

El proyecto pasó de 664 artículos en su versión original a 523.


Después de varias semanas de arduas negociaciones entre el oficialismo y la oposición más dialoguista, el Congreso recibió este lunes por la mañana el nuevo proyecto de Ley Ómnibus, con varias de las modificaciones exigidas por los aliados de La Libertad Avanza (LLA), a quienes el Gobierno necesita para poder tener dictamen esta semana y pasar la medida al recinto para su media sanción en Diputados.

La movilidad jubilatoria, las privatizaciones a empresas públicas, las retenciones a las exportaciones, el blanqueo de capitales y otros temas clave en los que fue necesario consensuar -lejos de las pretensiones de aprobación directa del presidente Javier Milei “sin concesiones”- aparecen entre los artículos con cambios en relación con la propuesta inicial, girada al Poder Legislativo a comienzos de enero y que estuvo bajo la lupa en las últimas semanas, en medio de acalorados debates.

De esta forma, el proyecto pasó de 664 artículos en su versión original a 523 en el texto modificado que recibieron los legisladores.

Puntos más importantes

El escrito aclara que se decidió transferir a sesiones ordinarias una serie de temas como el proyecto e juicio por jurados, salud mental, los cambios en la ley de sociedades, la discusión sobre el traspaso de la justicia nacional a la ciudad, y tres temas de la reforma electoral (secciones uninominales, el futuro de las PASO y el régimen de partidos políticos). Estos proyectos serán presentados al inicio del período ordinario del año legislativo.

A ellos se le suman más de la mitad de las iniciativas que afectaban al Código Civil y Comercial , “reservando a este proyecto los artículos estrictamente necesarios para mejorar la libertad contractual”, en adición a la incorporación del divorcio express.

En esa línea, indica que se acortó el plazo de las delegaciones y se precisaron las delegaciones las mismas; se incorporó una fórmula previsional de ajuste automático de haberes por inflación; y se añadieron restricciones al blanqueo pedido por el Poder Legislativo.

Se corrigieron los errores en el capítulo referido al ambiente que, según consideraron, “desafortunadamente generaron una evitable confusión”.

Finalmente, se rediseñó el capítulo de cultura,” protegiendo los recursos del sector, pero preservando el objetivo de que los gastos administrativos no sean una carga excesiva sobre el sector y con rediseños institucionales en la propuesta de modernización del FNA (Fondo Nacional de las Artes), cuyo cierre ya no se propicia, y del INCAA (Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales).

Retenciones y fórmula previsional

La administración de Milei accedió al reclamo de los gobernadores y tomó la decisión de limitar las retenciones a las economías regionales a cero. “Se establecen en 0% para las economías regionales. A su vez, se elimina la facultad del Poder Ejecutivo de poder subir los derechos de exportación”.

“Solamente se mantiene la facultad para poder reducirlas”, dice el nuevo artículo. Entre otras economías, esa norma aplica para el vino, la yerba mate, el maní y los sectores olivícola, arrocero, de cueros bovinos, lácteo, y el frutícola.

En otra parte del documento, se explica que se aplicará la fórmula actual de movilidad previsional hasta abril y luego se actualizará por la el último dato de inflación calculada por el INDEC, para “garantizar a los jubilados que mantengan su poder adquisitivo”.

YPF, fuera de las privatizaciones

El nuevo proyecto indica que “se eliminó a YPF del listado” de las posibles empresas dispuestas para ser privatizadas. “Para Nucleoeléctrica, Banco Nación y ARSAT se estableció que el Estado solamente puede realizar una privatización parcial, debiendo mantener el control de la empresa”, aclara.

“Además, se incorporó expresamente, la participación de la Comisión Bicameral de Privatizaciones de la Ley N 23.696 para el seguimiento de los trámites respectivos. Por otra parte, se eliminó el artículo 9 y se amplió la redacción actual el artículo 35 de la Ley N° 24.804 con el fin de mantener el poder de veto en algunas decisiones de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima”, agrega sobre este punto.

Blanqueo de capitales

De acuerdo a los cambios en el blanqueo de capitales, el proyecto estableció que “los sujetos no residentes que adhieran al presente Régimen de Regulación de Activos no podrán declarar bienes que se encuentren en posesión, anotados, registrados o depositados a nombre de terceros; y se incorpora como sujetos excluidos a los funcionarios que se hayan desempeñado en el rol en los últimos 5 años”.

También se excluye a los “agentes de retención con procesamiento firme; y se define que lo producido del Impuesto Especial de Regularización se destinará a la capitalización del Banco Central de la República Argentina”.

Qué se dice del tema...