En abril del año 2002, a través de la resolución 14 del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el Gobierno porteño reglamentó la Ley 733, que apunta a facilitar la búsqueda de menores extraviados. La norma establece la creación de un Registro de Chicos Perdidos y la reserva de un espacio de 15 por 15 centímetros en las carteleras del mobiliario urbano institucional de la Ciudad, para colocar allí fotografías menores que están siendo buscados. Sin embargo, este instrumento recién se comenzó a aplicar hace un mes.
Ahora, a partir de su óptimo funcionamiento, la legisladora autora de la iniciativa, Irma Gerch, presentó otro proyecto de ley para que las organizaciones no gubernamentales comuniquen al Consejo las denuncias de chicos perdidos que lleguen a sus asociaciones. De los 294 casos de pérdidas de chicos registrados en el Consejo se resolvieron en forma eficaz 256.
"El Registro no sólo permite que el Estado de la Ciudad no pierda el control sobre el universo de casos que tienen lugar en su ámbito jurisdiccional, sino que ofrece una metodología de búsqueda que supera, en eficacia, a cualquiera de las implementadas en el distrito por ONG’s vinculadas al tema. En efecto, con la línea 102 y la publicación en el mobiliario público de la fotografía de un niño, niña o adolescente perdido se garantiza que más de siete millones de personas, que transitan a diario por la Ciudad, accedan en forma inmediata a la imagen del mismo; por lo que no es necesario pagar la boleta de Edesur, tomar un taxi, comprar un diario, tener Internet o convocar 30.000 personas a un estadio de fútbol", indicó Gerch.
La legisladora radical explicó que hace quince días le llegó por correo electrónico la denuncia de una chica perdida, que supuestamente había salido de la asociación de Juan Carr, y que, cuando chequeó la información en el Consejo, le explicaron que hace seis meses que el caso había sido resuelto favorablemente.
"Si bien es loable desde el punto de vista de la solidaridad colectiva -dijo Gerch-, sorprende que ocurriendo el hecho en la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires, el señor Juan Carr se arrogue una representación institucional que los legisladores han delegado, a través de sus leyes, en el Registro que funciona en el Consejo de los Derechos de niñas, niños y adolescentes. Si la residencia del niño correspondiera a cualquiera de los 23 distritos provinciales del país, la leyenda sería correcta en la medida en que, al momento de la pérdida, no existía normativa nacional al respecto. Pero la residencia del niño en cuestión cuenta con una política que garantiza la responsabilidad del Estado frente a la problemática y el señor Juan Carr parece desconocerla".