La legisladora porteña María Eugenia Estenssoro (Unión Para Recrear Buenos Aires) expresó que "si bien hemos avanzado, al definir los plazos para decidir el mecanismo de renovación parcial de la Legislatura, creo que aún queda un arduo trabajo para resolver de qué manera se implementará la misma".
"Personalmente, considero que la manera más transparente de resolver esta cuestión es mediante un sorteo, que además de garantizar transparencia, considere tanto la proporcionalidad política dentro de las alianzas, como así el cupo femenino. Estamos totalmente en desacuerdo con cualquier tipo de acuerdo a puertas cerradas dentro de los bloques", agregó.
Por tal motivo, la presidenta del bloque Unión Para Recrear Buenos Aires, presentó acompañada por los legisladores Silvia La Ruffa y Juan Manuel Velasco un proyecto de resolución que contempla todos estos aspectos. La iniciativa estipula que el sorteo de mandatos se debe llevar a cabo en una sesión especial a realizarse en un plazo no mayor a diez días hábiles posteriores a la realización de la primera sesión ordinaria del año que tendrá lugar el 1 de marzo. A tal efecto, se conformará una Comisión Fiscalizadora integrada por las autoridades del Cuerpo y los presidentes de los bloques parlamentarios.
En cuanto al mecanismo en sí, las listas o alianzas entre diferentes fuerzas políticas que obtuvieron bancas en las elecciones del 24 de agosto de 2003, a los efectos de no alterar el principio de proporcionalidad y el mandato de la voluntad popular, se dividirán por mitades garantizando la distribución equitativa de diputadas y diputados, con el objetivo de garantizar el derecho de representatividad sancionado por la ley de cupo femenino, en dos grupos designados con los números 1 y 2 respectivamente.
En el caso de que las listas o alianzas electorales hayan obtenido más de una banca y el total de las mismas resulte una cantidad impar, el diputado o la diputada restante conformará parte de un tercer grupo, junto con las fuerzas políticas que solamente hayan logrado ingresar un solo representante a la Legislatura.
Cada lista o alianza electoral elevará a la Comisión Fiscalizadora la nómina que contiene los nombres de los legisladores pertenecientes a cada uno de los grupos con dos días de anticipación a la realización de la sesión. En el caso de que alguna lista o alianza no girara la nómina, en tiempo y forma, la Comisión realizará inmediatamente la distribución de los diputados pertenecientes a las mismas.
Paso seguido se procederá a sortear en el tercer grupo qué diputadas y diputados formarán parte de los grupos 1 y 2 respectivamente. Una vez conformados los dos grupos de 30 legisladores cada uno, se colocarán en un bolillero dos bolillas con las letras A y B, y en otro distinto, dos bolillas con los números 1 y 2, a los fines de definir de la manera más transparente posible qué letra y grupo le corresponderá a cada uno de ellos.
Los números 1 y 2 serán para sortear el orden de la sucesión de mandatos: bolilla N° 1, mandatos hasta el 10 de diciembre de 2005 y bolilla Nº 2, mandatos hasta el 10 de diciembre de 2007. Terminado el sorteo, se confeccionará un acta que será firmada de conformidad por los miembros de la Comisión Fiscalizadora y la autoridad competente convocada para supervisar el acto.