El Gobierno de la Nación anunció el lunes 4 de agosto, mediante el Boletín Oficial, la reglamentación que facultará a las entidades bancarias para abrir cuentas especiales destinadas a los depósitos del Fondo de Cese Laboral. Este mecanismo será de carácter opcional y tiene como objetivo proporcionar previsibilidad a las empresas en lo concerniente a indemnizaciones.
A partir de la fecha mencionada, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) autorizará a los bancos a establecer estas cuentas especiales para aquellos empleadores que deseen destinar una parte de la remuneración de sus empleados a un fondo al que no podrán acceder hasta que se haya concluido la relación laboral entre ambas partes.
Esta iniciativa incluye la creación de Fondos Comunes de Inversión (FCI) o Fideicomisos Financieros (FF), los cuales deberán mencionar explícitamente “Cese Laboral” en su nombre. Los aportes serán realizados por el empleador, aunque también podrán ser voluntarios por parte del trabajador si ambas partes lo acuerdan a través de un convenio colectivo.
El aporte mensual máximo será generalmente del 8% de la remuneración computable, aunque en algunos sectores, como UOCRA, durante el primer año puede alcanzar el 12%.
🏦 El BCRA reglamentó las cuentas para el Fondo de Cese Laboral
👉 Es una herramienta que busca reemplazar la indemnización tradicional por despido. pic.twitter.com/MdHXXTOPXo
— Finanzas Ya (@finanzasya_) August 4, 2025
Esta información fue divulgada en la Comunicación “A” 8288/2025 que fue conocida recientemente. Con esto se pretende sustituir la indemnización por antigüedad establecida en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (sueldo por año trabajado).
El abogado laboralista, Dr. Sergio Omar Rodríguez, se refirió a estas nuevas cuentas, explicando que para ambas partes en la relación laboral, esta herramienta tiene dos significados distintos.
“Para el empleado, representa un fondo basado en Fondos Comunes de Inversión Abiertos y Fideicomisos Financieros aprobados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), que sustituirá su indemnización en caso de despido”, afirmó.
Además, destacó que para el empleador, “es una herramienta que le permite despedir en cualquier momento de la relación laboral sin enfrentar la carga económica que conlleva la tutela especial de estabilidad impropia relativa, lo que significa que despedir implica una erogación del patrimonio del empleador”.
Por otro lado, subrayó que también significa un nuevo costo mensual, ya que debe contribuir cada mes con un porcentaje al Fondo de Cese, algo que no se requiere en el sistema actual.