Impuesto internacional a las multinacionales

Impuesto internacional a las multinacionales


Desde hace unos 15 días aproximadamente existe un consenso mundial dirigido por los países del G-7 para cobrarle en todos los países una alícuota del 15% del total de la facturación en cada país a los efectos de mitigar el déficit que genera la pandemia de covid-19 por un término cercano a los 5 años. Con este impuesto convenido entre todos los países del mundo se restima una recaudación mundial del orden entre U$S 250 y 400 MM anualmente.

En el orden local el Ministro de Economía Dr Martín Guzmán solicitó la correspondiente Ley con una alícuota del 25% por el mismo término de años. A hoy sería muy difícil establecer la cantidad de miles de millones de pesos que se generarían para la recaudación nacional, aunque por lo bajo tendría que ser igual a la recaudación del Aporte Extraordinario a las Grandes Fortunas – o sea que arrancamos de $223 MM-. Los motivos por los cuales se solicitan una tasa 10% superior al resto del mundo son muy claros

1. Nuestro país se maneja con el concepto de Renta Mundial, por el cual las multinacionales locales en el país tributan sobre su facturación mundial, por lo tanto multinacionales extranjeras solo tributan en el caso de poseer una empresa subsidiaria local (este esquema se da sobretodo entre las empresas de seguros puesto que desde hace por lo menos 35 años no se les permite facturar sino es con la normativa local)

2. Al poseer convenios de doble imposición firmados con la mayoría de los 194 países que constituyen el mundo -salvo los países de baja o nula tributación, “paraísos fiscales”-, solo deberían pagar por impuestos la diferencia del mismo impuesto que no pagó de acuerdo a la Ley argentina. Lo que sería solamente un 10% porque con solo presentar ante la AFIP-DGI la constancia del pago realizado en otros países al momento de serles requerido por el organismo.

3. Lo beneficioso que tienen las extranjeras que al momento de realizar los estados financieros de acuerdo a las NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera) en pesos el pago puede ser muy alto nominalmente, pero al convertirlo en dólares estadounidense u otra moneda dura el valor abonará un valor real internacional del 20% resultado de la devaluación de la moneda sufrida entre 2016-2019 mayormente.

Si algunas multinacionales interpretan esto seriamente podría significar una llegada de multinacionales que lleguen a instalarse consecuencia que terminarían abonando una presión fiscal real de cerca del 12% en dólares contra la normal que es del 53% en pesos. Esto debería ser conjugado por ellas en conjunto con programas como ser los beneficios en cargas sociales como los del “Norte Grande” que ya los están empezando a utilizar empresas como BMW, LIVENT y próximamente otras automotrices que prevéen instalarse en nuestro país o la industria farmacéutica con la producción de vacunas covid-19 para fabricar y exportar como los casos de Astrazeneca, Sputnik y Sinopharm.

FABIAN MEDINA

Economista y Tributarista

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