Quiénes podrán acceder al nuevo bono vacacional de $20.000

Quiénes podrán acceder al nuevo bono vacacional de $20.000

Es un programa con el que el Gobierno busca ayudar a reactivar al turismo, uno de los sectores más golpeados.


Este martes, el Gobierno habilitó el Programa “Bono Fiscal Vacacional”, con el que apunta a estimular la actividad turística, operará con un límite máximo de 2 mil millones de pesos, que se asignará hasta un monto de 20 mil pesos por grupo familiar, a partir de enero de 2021.

Así se estableció en la reglamentación de la Ley de Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística, que otorga incentivos para ese sector, uno de los más golpeados por la pandemia y las medidas de aislamiento. Se trata de la ley N° 27.563, que contempla “una serie de medidas para el sostenimiento y la reactivación de la actividad turística nacional con la finalidad de paliar el impacto económico, social y productivo producido en dicha actividad, en todas sus modalidades, en virtud de las consecuencias generadas por la pandemia de COVID-19”.

Según el Gobierno, el Ministerio de Turismo y Deportes – autoridad de aplicación de la ley- podrá dictar las medidas necesarias para la implementación del Programa, a los efectos del otorgamiento del aporte.

El integrante del grupo familiar que efectúe la solicitud deberá acreditar de modo fehaciente, o manifestar con carácter de declaración jurada, ante ese Ministerio, los siguientes datos: la composición del grupo familiar;   los ingresos mensuales netos totales del grupo que no podrán exceder el equivalente a cuatro veces el monto del Salario Mínimo Vital y Móvil o el monto que resulte de multiplicar el valor de ese salario por la cantidad de integrantes del grupo familiar, el que resulte menor   y toda otra información que requiera esa cartera.

Será considerado grupo familiar el integrado por: el solicitante en forma unipersonal, si no tuviere convivientes;   o por este o esta y su cónyuge o conviviente y sus hijos o hijas menores de 18 años convivientes,   o sin límite de edad en el caso de hijos e hijas con discapacidad a cargo.

Cuando el solicitante tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia sea igual al domicilio de sus progenitores, el grupo familiar se considerará compuesto por el solicitante y sus progenitores a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el Programa. Los beneficiarios de los bonos solo podrán destinarlos al pago de los servicios comprendidos en la Ley N° 27.563, ofrecidos y prestados dentro del territorio nacional. El importe de los bonos recibidos deberá considerarse como medio de cancelación parcial o total de la obligación por los servicios contratados, sin reducir el monto de los tributos que graven la operación ni ser deducible a los efectos de la determinación del impuesto a las Ganancias, según lo dispuesto. Ese importe será computado mensualmente por las empresas como crédito contra el IVA o bien las contribuciones patronales sobre la nómina salarial con destino a los subsistemas de Seguridad Social.

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