Hasta el 11 de agosto, Cristina Kirchner tiene la oportunidad de apelar la decisión de la Cámara de Casación, que ratificó su obligación de usar una tobillera electrónica y de que las visitas en San José 1111 seguirán bajo restricciones. La Corte Suprema de Justicia será la última instancia para revertir esta medida, misma que validó la condena que llevó a la ex presidenta a cumplir seis años de prisión por administración fraudulenta contra el Estado.
El máximo tribunal penal se pronunció de manera unánime sobre la solicitud presentada por el fiscal general Mario Villar, quien pidió que el arresto domiciliario se cumpliera en una propiedad diferente y no en San José 1111. Los jueces Mariano Borinsky, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos consideraron que el tribunal oral basó su decisión en un informe socio-ambiental favorable, elaborado por la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP). Además, destacaron que las situaciones que afectaban al barrio habían cesado después del 10 de junio, fecha en que la Corte Suprema confirmó la condena.
Al evaluar este asunto, los magistrados concluyeron que no había razones suficientes para exigir un cambio de domicilio; no obstante, la posibilidad de considerar otros lugares en el futuro podría ser contemplada, “con el propósito de mantener la tranquilidad pública y la paz social”, que es uno de los lineamientos establecidos por el TOF 2 para que Cristina Kirchner continúe disfrutando del beneficio de la morigeración de la pena.
Los desacuerdos surgieron en dos aspectos clave discutidos por el abogado de la ex presidenta, Carlos Beraldi: el monitoreo del arresto domiciliario mediante un dispositivo electrónico, y las limitaciones respecto a las personas autorizadas a ingresar al departamento ubicado en San José 1111.
Sin embargo, la controversia no se limita a Comodoro Py. La defensa de Cristina tiene la opción de apelar esta decisión y presentar ante la Corte el pedido para retirar la tobillera electrónica, junto con la solicitud de que las visitas durante su arresto domiciliario sean ilimitadas.
Los plazos establecidos por el Código Procesal Penal indican que hasta el 11 de agosto -en las primeras horas- se puede presentar la apelación, que, si es rechazada por la Casación, permitiría a la defensa recurrir al máximo tribunal. La última instancia disponible para la ex presidenta es dirigirse a los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, para solicitar la eliminación de la tobillera electrónica y que no sea necesario pedir autorización al juez Gorini para aquellas visitas que no estén incluidas en la lista aprobada por el TOF 2.
Ayer, el Tribunal tuvo que aclarar que puedo salir al balcón de mi casa.
Hoy, mis abogados tuvieron que recurrir otra decisión del mismo Tribunal, que sólo permite que me visiten, y previo listado… únicamente mi núcleo familiar, mis abogados y mis médicos.
El resto de mis…
— Cristina Kirchner (@CFKArgentina) June 20, 2025
Los criterios en conflicto
Los jueces Hornos y Barroetaveña ratificaron las limitaciones impuestas a la expresidenta en cuanto a recibir visitas. Así, se validó la necesidad de solicitar autorización previa y justificada ante el tribunal de ejecución para aquellas personas que no pertenecen a su círculo cercano y que deseen visitarla.
Por su parte, el juez Mariano Borinsky expresó un voto en disidencia, argumentando que era pertinente anular dichas restricciones. Aclaró que la medida en cuestión “no está contemplada en ninguna regulación y, por ende, el tribunal oral excedió sus facultades al implementarla, lo que vulnera los artículos 18 y 19 de la Constitución”. En la misma línea, enfatizó que tras una condena firme, “la única persona cuyos derechos pueden ser limitados es quien autorizó la sentencia, y no otros, como por ejemplo, la privacidad y el ejercicio de los derechos políticos de Cristina Fernández de Kirchner, quien es una figura relevante en su ámbito político”.
Finalmente, con el respaldo mayoritario de los jueces Hornos y Barroetaveña, se resolvió que la ex presidenta debía seguir utilizando la tobillera electrónica. En este tema, Borinsky tomó una postura diferente, sugiriendo la eliminación de dicho dispositivo, al considerarlo “innecesario y superfluo para el control de la pena”. Argumentó que se trata de una “persona de gran notoriedad pública, que siempre ha estado a derecho y dispone de custodia policial permanente, la cual podría ser ampliada si fuese necesario”.
El magistrado consideró que esta última medida de protección es incluso más restrictiva que la tobillera, lo que la hace “suficientemente adecuada para garantizar un control efectivo sobre el cumplimiento de la pena en este caso particular”. También destacó la limitada aplicación de este recurso, “debido a la escasez de tobilleras y al reducido porcentaje de mujeres condenadas que actualmente cuentan con dicho sistema de vigilancia electrónica en sus hogares”.