Los magistrados del Tribunal Oral Federal 2, Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorni, dieron su consentimiento a Cristina Kirchner para que pueda utilizar el balcón del departamento donde está cumpliendo su arresto domiciliario en el caso Vialidad. Asimismo, confirmaron que debe continuar utilizando el dispositivo de la tobillera electrónica.
“Debemos recordar (aunque resulte ocioso) que el tribunal no ha vedado a la Sra. Cristina Elisabet Fernández de Kirchner, en principio, el uso y goce de ningún espacio específico de la arquitectura del inmueble en el que habita. Y en cuanto al comportamiento que se le exige adoptar en el citado inciso, se espera de la solicitante el criterio, la prudencia y el sentido común suficientes para discernir en qué contexto el uso del balcón resultará una acción inocua y en cuál podrá implicar una perturbación para la tranquilidad y la convivencia pacífica del vecindario y sus habitantes (única y exclusiva situación que se pretende proteger con la regla de conducta en cuestión)”, señalaron en la resolución.
Asimismo, el TOF 2 envió un comunicado a la Dirección de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica del Ministerio de Seguridad Nacional, pidiendo que “se cumpla con lo dictado por este tribunal el 17 de junio pasado y, por lo tanto, se lleve a cabo la instalación de un dispositivo de vigilancia electrónica para Cristina Elisabet Fernández de Kirchner, en la dirección previamente proporcionada a dicho organismo”.
El texto, redactado con alguna cuota de ironía, señala que en su escrito el abogado de la expresidenta Alberto Beraldi había dicho que el asunto del uso del balcón se había transformado en un tema de debate público.
Los jueces respondieron que la aclaración busca que el tribunal complete una decisión o corrija un posible error. “En absoluto ha sucedido en el expediente, ya que la regla de conducta no presenta conceptos confusos ni omisiones que impidan su adecuada comprensión y aplicación”, afirmó el tribunal. En otras palabras, los magistrados enfatizaron que las condiciones eran evidentes en su decisión inicial.
Además, recordaron que la función de los jueces es resolver conflictos a través de la aplicación del derecho en un proceso adversarial, y no cerrar supuestos debates públicos o mediáticos sobre asuntos de interés general. Aclararon que la regla de conducta impuesta a la expresidenta establece que debe “abstenerse de realizar actos que puedan alterar la tranquilidad del vecindario o afectar la convivencia pacífica de sus habitantes”.
Gorini y Giménez Uriburu expresaron su expectativa de que Cristina Kirchner actúe con “el criterio, la prudencia y el sentido común necesarios para discernir cuándo el uso del balcón será una acción inofensiva y cuándo podría generar una perturbación en la tranquilidad y convivencia pacífica del vecindario y sus residentes”.
¿Puedo salir o no al balcón de mi casa? Parece joda, pero no…
Por eso le preguntamos al Tribunal que aclare, por favor, qué comportamiento se encuentra prohibido.
Te comparto el pedido de aclaratoria presentado por mis abogados.https://t.co/Rspne9knga
— Cristina Kirchner (@CFKArgentina) June 18, 2025