A través del Decreto de Necesidad y Urgencia 340/2025, el Gobierno de Javier Milei restringió el derecho a la huelga y amplió el listado de actividades esenciales. Estas son las actividades que deberán asegurar, de forma obligatoria, un funcionamiento que oscile entre el 50 y el 75% en situaciones de conflicto laboral.
“Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”, dice el artículo 3.
Y agrega: “En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”.
Los servicios que se declaran esenciales
El reciente decreto aprobado por el Gobierno amplía de manera significativa la lista de servicios que se consideran esenciales. A diferencia de lo establecido anteriormente, la normativa incluye actividades fundamentales en sectores estratégicos como la salud, el transporte, la educación y las telecomunicaciones.
En concreto, se incluyen como servicios esenciales:
- Los servicios sanitarios y hospitalarios.
- El transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios.
- Los servicios farmacéuticos.
- La producción, transporte, distribución y comercialización de agua potable, gas, otros combustibles y energía eléctrica.
- Los servicios de telecomunicaciones, incluidos internet y comunicaciones satelitales.
- La aeronáutica comercial y el control del tráfico aéreo y portuario, incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y demás servicios portuarios.
- Los servicios aduaneros y migratorios, y otros vinculados al comercio exterior.
- El cuidado de menores y la educación en los niveles de guardería, preescolar, primaria, secundaria y educación especial.
- El transporte marítimo y fluvial de personas, mercaderías y carga, junto a los servicios conexos y operaciones costa afuera.
Hasta el momento, la normativa únicamente consideraba esenciales los servicios de salud y hospitales, la generación y suministro de agua potable y electricidad, los servicios de telefonía y la gestión del tráfico aéreo.
La resolución, que forma parte de una serie de medidas de desregulación en el sector de la marina mercante, fue firmada por el presidente Javier Milei y los ministros Gerardo Werthein (Relaciones Exteriores), Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Iván Lugones (Salud), Sandra Pettovello (Capital Humano) y Federico Sturzenegger (Desregulación del Estado).