Ganancias: el Gobierno alivia controles para exportadores e importadores

Ganancias: el Gobierno alivia controles para exportadores e importadores

Actualizaron los requisitos y montos mínimos para declarar transacciones de comercio exterior.


El gobierno del presidente Javier Milei publicó este martes el decreto 767/2025, mediante el cual introdujo modificaciones al régimen del ­Impuesto a las Ganancias que afectan a empresas exportadoras e importadoras. El objetivo oficial es reducir las cargas administrativas sobre los agentes de menor escala y focalizar la fiscalización sobre transacciones de mayor volumen.

Según lo estipulado por la norma, las compañías que realicen operaciones de comercio exterior por un monto anual inferior a 500 millones de pesos ya no estarán obligadas a presentar información ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). La medida implica que sólo quienes superen ese umbral ingresarán al régimen de presentación detallada de datos, y se aclara que ese piso podrá incrementarse conforme a la evolución del mercado.

Otro cambio es la definición de lo que se consideran “bienes con cotización”, un aspecto relevante particularmente para exportadores de productos primarios o commodities. El decreto establece que serán tales aquellos bienes físicos que tengan precios de público y notorio conocimiento, negociados en mercados transparentes nacionales o internacionales, incluidas bolsas de comercio u organismos similares. Esta definición tiene implicancias directas en la forma de valorar las operaciones y los márgenes impositivos asignados.


El Gobierno busca, con estas modificaciones, aliviar la carga burocrática para muchas empresas que participan en el comercio exterior y al mismo tiempo reforzar el control sobre las transacciones de mayor escala o más complejas. En la práctica, se espera que la medida favorezca a los exportadores e importadores de menor volumen, que hasta ahora estaban sometidos al mismo régimen de presentación que sus competidores más grandes.

No obstante, la medida también genera cuestionamientos. Algunas empresas advierten que aunque se reduzca el número de sujetos obligados a reportar, la distinción entre “bienes con cotización” puede dejar margen interpretativo y generar discusiones frente a la valuación de productos exportados o importados. Además, las firmas de mayor escala no verán modificada la exigencia de presentación, lo cual mantiene para ese segmento una carga sistémica.

Desde el oficialismo aseguran que los cambios entraron en vigencia inmediatamente tras su publicación en el Boletín Oficial, y que forman parte de un plan más amplio de la gestión para simplificar regímenes impositivos y fomentar la competitividad externa de la economía argentina. La reforma se inscribe en un contexto de búsqueda de mayor eficiencia tributaria y alivio para el sector exportador e importador.

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