La Ciudad de Buenos Aires, acostumbrada a sufrir inundaciones, prevé un sistema de subsidios para los daños ocasionados por el agua, sin embargo, ante destrozos materiales producidos por otro tipo de desastres naturales no existe previsión de asistencia del Estado. Si bien desde la Legislatura, el legislador Juan Pablo Arenaza ya presentó un proyecto para incluir a las víctimas del temporal de viento y granizo ocurrido el pasado lunes entre los beneficiarios de subsidios, la directora del Centro de Educación al Consumidor, Susana Andrada, explicó cuáles son los caminos que debe seguir quien haya sufrido daños materiales producto del temporal y busque una reparación económica.
En el caso de daños ocasionados por caída de árboles ubicados en la vía pública o de postes, ?la responsabilidad del mantenimiento es del municipio, en la Ciudad es del Jefe de Gobierno, y en el conurbano, de cada municipio", por lo que las personas que hayan sufrido destrozos deberán ?sacar fotografías de lo sucedido y luego iniciar acción con un abogado?.
?No existe el simple trámite administrativo. En la Ciudad de Buenos Aires existe resarcimiento por inundaciones, pero no por esto", aclaró Andrada.
Frente a daños producto de caída de carteles, o de mamposterías, la especialista en defensa del consumidor explicó que la acción judicial deberá tratarse ?de un privado contra un privado?, ya que ?en este caso la responsabilidad es del comercio, de la mampostería que se cayó? o de la empresa a cargo la publicidad en vía pública que se haya desprendido por los vientos. ?Pero también puede ser responsabilidad del Gobierno de la Ciudad, si no fue pertinentemente habilitado?, aclaró Andrada.