No innovar o la política del desarme

No innovar o la política del desarme

Las medidas cautelares que el Poder Judicial citadino suele imponerle al Ejecutivo, están siendo estudiadas y revisadas por un grupo de juristas cercanos al empresario que gobierna la Ciudad Autónoma. Apoyados por un sector del Poder Legislativo, el derecho de “no innovar” corre el riesgo de
“desaparecer”, por considerar que sólo sirve para trabar o demorar decisiones que con el tiempo se toman igual, pero convertidas en arbitrarias y hasta políticamente incorrectas.


El oficialismo porteño, cansado de ver limitado su poder por el accionar de la Justicia a través de medidas de no innovar, se lanzó a la tarea de acotar la actividad de los magistrados estableciendo numerosos requisitos para el dictado de medidas cautelares. Desde el Poder Judicial las críticas son duras y el malestar crece a la par de la búsqueda de aliados legislativos para frenar el proyecto. Sin embargo, más allá de la oposición de un gran número de jueces a una política que consideran que ?no respeta la división de poderes? y que ?busca fulminar el instituto únicamente para coartar la facultad de control de poder?, en el Parlamento local existirían acuerdos suficientes para darle sanción a la propuesta del macrismo. Y mientras diputados de todos los bloques discuten y negocian el futuro de la Justicia de la Ciudad, en los tribunales porteños se analiza la posibilidad de solicitar la inconstitucionalidad de la norma si logra ser aprobada.

?Yo no veo el trasfondo político del proyecto, es un trabajo absolutamente técnico en materia administrativa que únicamente intenta plasmar en la ley preceptos que no constituyen ninguna novedad, ya que siempre estuvieron presentes en las argumentaciones para la aplicación de medidas cautelares en causas donde el Estado es parte?, comentó el diputado Martín Ocampo, autor del proyecto de modificación del Código Contencioso Administrativo y Tributario. ?No trabajé el proyecto con jueces. No me lo mandaron ni lo mandé hacer, lo hice yo junto con Gerardo Ingaramo y Cristian Ritondo entendió el espíritu y la necesidad de defender el interés público por sobre el interés particular y también sumó su firma a la propuesta?, agregó.

De acuerdo al proyecto de los legisladores PRO, serían requisitos para el dictado de medidas cautelares la verosimilitud en el derecho, el peligro en la demora, la no frustración del interés público, la constitución de una contracautela ?salvo que el peticionante sea el Gobierno de la Ciudad o cualquiera de sus organismos o reparticiones, centralizadas o descentralizadas, o que se actúe con beneficio para litigar sin gastos?; y no procederán aquellas medidas cautelares contra el Gobierno ?cuando los eventuales perjuicios pudieran repararse mediante una indemnización?.

?¿Qué concepción de la Justicia revela una visión semejante??, cuestionó el juez de Cámara en lo CAyT Horacio Corti. ?Eso revela una política judicial implícita. En la Argentina, allá por el siglo XIX cuando se discutió la Ley 48, se generó la discusión sobre la reparación económica y si el Estado era demandable o no; a mí esto me recuerda mucho esas discusiones que ya fueron muy superadas, pero me preocupa lo que revela esa concepción de la Justicia. Por un lado se impulsa el control del Estado y se debate la creación de una fiscalía anticorrupción y por otro se limita el poder cautelar de aquellos jueces que son los que realizan una tarea concreta de control de la actividad administrativa. No hay coherencia y las contradicciones son preocupantes?, expresó.

?Lo que nosotros estamos defendiendo es el interés público por sobre el interés privado. La solvencia del Estado no está en duda, por lo tanto en aquellas causas donde se busca un resarcimiento económico, una cautelar no tiene sentido ya que no existe riesgo de no poder recibir la indemnización que la sentencia establezca?, subrayó Ocampo. Y agregó: ?Debemos defender el principio de autotutela administrativa y la capacidad del Estado de accionar y poner en práctica sus políticas. La modificación del Código no la estamos pensando para una gestión en particular, estamos pensando en una norma con una vigencia continua en el tiempo. Nosotros creemos que la defensa del interés público no puede ser tomada por los particulares ya que le corresponde al Estado y él debe tener las herramientas para defenderlo?.

Siguiendo el principio de autotutela administrativa, el proyecto del oficialismo porteño no sólo establecerá mayores requisitos para el dictado de medidas cautelares sino que también establecerá que se le de vista a la parte demandada si esta es el Gobierno de la Ciudad (tendrá 5 días para hacer su descargo) y limitará la posibilidad suspender la ejecución de un acto administrativo por la vía judicial. Para solicitar la suspensión de los efectos de una medida administrativa primero se deberá presentar la queja ante el órgano administrador y sólo de ser denegada o de no cumplirse con los plazos razonables se podrá recurrir a la sede judicial. Tampoco procederá la suspensión de los efectos de un acto ?si se tratase de decisiones administrativas dictadas en ejercicio del poder de policía?, si el objeto es la ?autotutela de bienes de dominio público?, ?el decomiso o destrucción de sustancias que impliquen peligro para la salud?, o si son ?medidas disciplinarias?.

?Lo que el proyecto trata es de ponerle límite al exceso de la actividad del menos democrático de los tres poderes del Estado sobre el diseño e implementación de la política pública que le corresponde a los otros poderes que son elegidos por el voto popular. No son todos los jueces los que utilizan en exceso esta herramienta, de hecho las Cámaras han revocado muchas medidas y han sentado jurisprudencia en el mismo sentido del proyecto, pero es indispensable plasmar en la ley estos requisitos?, subrayó Ocampo. Y, adelantándose a la posibilidad de que se solicite la inconstitucionalidad de la norma, aclaró: ?La mayoría de los temas del proyecto son recepciones de fallos de la Cámara y todas las propuestas del Código tienen recepción legislativa en alguna jurisdicción de nuestro país?.

Luego de remarcar que el proyecto fue presentado en diciembre pasado ?antes de el dictado de las medidas cautelares en contra de las medidas impulsadas por Mauricio Macri? y que cuenta con el apoyo de todo su bloque, el legislador macrista de origen radical señaló: ?No se si es una limitación al accionar de la Justicia ya que no estamos limitando en nada el proceso; sólo estamos estableciendo requisitos para el dictado de medidas cautelares y los jueces tienen un montón de herramientas más para poder continuar con su actividad. Los K nos tendrían que acompañar y más después de las declaraciones de Miguel Bonasso criticando que el interés privado esté por encima del interés público?.
Desde las filas del Frente para la Victoria, la vicepresidenta 1ª de la Comisión de Justicia, Ivana Centanaro, también presentó un proyecto para establecer requisitos para las medidas cautelares.

?De acuerdo a la legislación vigente, las cautelares son medidas excepcionales y constituyen presupuestos generales de ellas la verosimilitud del derecho -la probabilidad de que el derecho exista-, el peligro en la demora -temor de daño inminente-. Estos preceptos que son contemplados en los fallos de los jueces, no están explícitos en el texto de nuestro Código, y como la ley debe ser clara para evitar, en la mayor medida posible, cuestiones relativas a su interpretación, considero apropiado establecer claramente estos presupuestos para el dictado de cualquier medida cautelar con excepción del supuesto de suspensión de la ejecución o del cumplimiento de un hecho, acto o contrato administrativo que tienen claros requisitos establecidos en la norma local -que la ejecución pudiera causar graves daños al administrado en tanto no resulte grave perjuicio del interés público, o que el hecho ostente ilegalidad manifiesta o su ejecución tuviera consecuencias mayores que su suspensión-?, describió la diputada.
Más allá del debate jurídico planteado en la Comisión de Justicia de la Legislatura porteña, de estar en vigencia un Código como el impulsado por el oficialismo, muchas de las medidas cautelares resueltas por Elena Liberatori meses atrás no habrían podido ser dictadas, y tampoco podría haberse frenado la inauguración de la Línea H por orden del juez Juan Vicente Cataldo durante la gestión de Jorge Telerman, ya que los servicios y actividades de interés público tampoco podrían ser objeto de la tutela cautelar.

La señora de la balanza en la mano, además de ciega, podría quedar manca.

SI NO PUEDES CONTRA ELLOS, NOMBRA INTERINOS

Además de la modificación del Código Contencioso Administrativo y Tributario en lo que respecta a las medidas cautelares, en los despachos de los legisladores porteños también se estaría dando un duro debate sobre la modificación de la Ley 7 (Orgánica del Poder Judicial).
"La modificación de la Ley 7 es necesaria ya que, debido a la transferencia de competencias penales de la Nación a la Ciudad, ingresarán un gran número de causas nuevas y se hace indispensable ampliar las estructuras", comentó el Procurador General, Pablo Tonelli.

Si bien en el Poder Judicial local, la creación de nuevas Fiscalías, Defensorías, Asesorías, Juzgados y Salas es vista como algo positivo, se estaría observando con preocupación el proceso de negociación legislativa en lo referente a la forma en que serían designados los nuevos funcionarios.
"Uno de los temas a resolver por Legislatura es si los nuevos jueces y funcionarios del Ministerio Público serán designados por el procedimiento normal de concursos a través del Consejo de la Magistratura, o, si para no demorar tanto la puesta en funcionamiento de los juzgados y fiscalías, se utiliza un mecanismo de designación transitoria. El grueso de las nuevas dependencias y de los nombramientos interinos correspondería al Fuero Penal Contravencional y de Faltas, pero es posible que en el Fuero Contencioso suceda lo mismo. Pero es tema de la Legislatura", dijo Tonelli.
Mientras que en el Contravencional los nombramientos interinos no son criticados con dureza, en el Contencioso se oponen firmemente a que los funcionarios judiciales no sean designados por concurso.

"No sólo quieren limitar las herramientas que tiene la Justicia para controlar los poderes del Estado, también están intentando crear más juzgados contenciosos y una Sala y cubrirlos con amigos que les garantizarán una merma en las acciones judiciales en contra del Gobierno", criticó un integrante del Fuero CAyT.

Pero lo curioso del caso es que mientras en la Justicia la gran mayoría expresa que esta idea sería impulsada por el macrismo para limitar el accionar de los jueces en un Fuero donde el Estado es parte en el 99 por ciento de las causas, desde la Legislatura porteña reconocen que hay opositores y defensores de la medida en todos los bloques.

"Están los legisladores más legalistas que quieren que todo se cubra por concurso y están los más políticos que quieren nombrar los funcionarios a dedo. Esta pelea se está dando al interior de los despachos y atraviesa a todas las fuerzas", describió una fuente parlamentaria. Y agregó: "Se está debatiendo un acuerdo político para ver cuántos funcionarios les tocan a cada uno y de qué fuero. También se están negociando ascensos de magistrados de primera instancia a integrantes de las Cámaras. Se está planteando la misma pelea que cuando se nombraron a los controladores de tránsito, pero no es lo mismo un controlador que un juez o un fiscal. El Poder Judicial no debe convertirse en un reducto político".

Más allá de los cuestionamientos que la designación interina de magistrados está generando en los sectores más vinculados al derecho, la propuesta que podría convertirse en ley consistiría en establecer un régimen de interinatos hasta tanto se realicen los concursos y se nombren a los funcionarios definitivamente. "Los fiscales, defensores y asesores interinos serían propuestos por representantes del Consejo de la Magistratura y del Ministerio Público, y a la Legislatura le correspondería elegir entre los candidatos. Pero tanto las estructuras como los magistrados entrarían en funciones de manera secuencial, con lo que sería muy probable que cuando finalice el proceso los concursos ya se hayan llevado a cabo", comentaron a nuestro medio fuentes macristas.

Pero una vez más las dudas más fuertes se generan en el Fuero Contencioso Administrativo. "Los concursos para miembros del Ministerio Público y jueces contravencionales pueden llegar a hacerse en un año, pero en el Contencioso esto es prácticamente imposible. La mayoría de los concursos de este fuero son muy largos o terminan en un proceso judicial debido a la gran imaginación argumentativa para presentar impugnaciones entre los especialistas en derecho administrativo. Un interino en este Fuero podría durar más años en el cargo que la gestión actual", reconocieron fuentes judiciales.

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