En su fallo, la jueza cuestiona decisiones del Tribunal Superior

En su fallo, la jueza cuestiona decisiones del Tribunal Superior

En una decisión que será apelada por el jefe de Gobierno porteño, la jueza electoral María Romilda Servini de Cubría suspendió los comicios distritales que el jefe de Gobierno había convocado para el ocho de junio próximo. La jueza basó su fallo en la confección y oficialización de las boletas y los padrones electorales. El recurso de amparo que motivó la sentencia judicial fue presentado por el apoderado del Partido Justicialista porteño


Tras un pedido de amparo presentado por el apoderado del Partido Justicialista porteño, Abel Cardelicchio, la jueza electoral María Romilda Servini de Cubría decidió "suspender el proceso electoral en curso, convocado por el señor jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

De esta manera, una cosa es segura: en la Ciudad de Buenos Aires habrá comicios en cualquier fecha menos el próximo ocho de junio, al menos para autoridades del distrito, ya que las elecciones para diputados nacionales -convocadas por el presidente de la Nación para el mismo día- no fueron afectadas por la medida de la jueza. De todos modos, es posible que el presidente modifique la fecha para que vuelvan a coincidir con las elecciones distritales, que no se realizarán antes de los 90 días a contar desde hoy, debido a la necesidad de respetar los plazos legales.

En esta sentencia hay un posible conflicto de poderes, ya que la autoridad electoral para estos comicios es, por primera vez, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. De todos modos, existen además una Junta Electoral Nacional y un Juzgado Nacional Electoral. Éste es el que efectúa el escrutinio de los votos, en tanto que el Tribunal Superior incribe las listas y decide sobre las impugnaciones.

El conflicto se centra en los padrones y en las boletas electorales, que la jueza reivindica para su jurisdicción y que el Tribunal Superior de adjudicó a sí mismo. Servini de Cubría le cuestionó a la máxima autoridad judicial de la ciudad el hecho de que ésta se haya atribuído el establecimiento de plazos para ingresar electores en los padrones y que haya autorizado la inclusión de tachas y reclamos.

La jueza, al analizar la situación producida, utilizó el término "estado de incertidumbre", refiriéndose a la superposición de funciones de ambos estamentos jurídicos, que podrían derivar -según la magistrada- en "la existencia de dos registros de electores paralelos -uno a nivel nacional y otro a nivel local- para dos actos comiciales a realizarse el día ocho de junio del año en curso".

La jueza también le cuestionó al Gobierno porteño que haya publicado el cronograma electoral solamente en su página web, lo que extendería -según su parecer- la "situación de incertidumbre" al electorado, "dado el medio técnico en el que el cronograma aludido ha sido publicado".

En su resolución, la jueza decidió -en el Punto I- hacer lugar a la medida cautelar solicitada, suspendiendo el comicio. En el segundo punto, Servini de Cubría le comunicó al Tribunal Superior, al jefe de Gobierno y a los partidos políticos su resolución y en el tercer punto corre vista al fiscal para decidir sobre el fondo de la cuestión.

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