La Comisión de Justicia de la Legislatura porteña estaría a punto de dar dictamen al proyecto de Ley Orgánica del Ministerio Público que dispone la "autonomía funcional y la autarquía financiera del Ministerio Público". Según fuentes legislativas, se elaboró un proyecto consensuado que ya fue firmado por cuatro de los siete integrantes de la comisión que preside el diputado Julio De Giovanni (Partido de la Ciudad) y que obtendría en breve dos rúbricas más. La única duda sería el apoyo del diputado Jorge San Martino (Recrear), quien pidió unos días para estudiarlo. Se espera que la Comisión redacte el despacho a favor del proyecto la semana próxima o, a más tardar, la siguiente.
La iniciativa, en uno de sus ítems más relevantes, posibilita que el Ministerio Público elabore y administre su propio presupuesto.
El autor del proyecto, el diputado Helio Rebot (Frente para la Victoria) explicó que "esta ley permitirá que el Ministerio Público funcione con independencia de actuación dentro del Poder Judicial. Los fiscales de esta manera estarán librados de presiones de distinta índole", apuntó.
El diputado kirchnerista dijo además que "la aplicación de esta ley redundará en un funcionamiento más eficiente de la justicia y de la persecución del delito".
Hasta ahora el Consejo de la Magistratura tiene todo el manejo del presupuesto de la Justicia, por lo que esta reforma de las leyes 21 y 31, viene a dar cumplimiento con lo que dicta la Constitución de la Ciudad en cuanto a la autonomía y autarquía que le corresponde al Ministerio Público.
El proyecto además reconoce a los fiscales, defensores y asesores tutelares la misma categoría de juez, tanto para los sueldos como a efectos previsionales y tributarios.
De aprobarse el proyecto, los magistrados judiciales del Ministerio Público también gozarán de las mismas inmunidades y prerrogativas que en el artículo 78 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reconocen a los legisladores. Así, no podrán ser molestados o enjuiciados por las opiniones que viertan en sus dictámenes o intervenciones en los procesos ni, en general, por las acciones que desarrollaren en el ejercicio de sus funciones, dentro de sus respectivas competencias.
También estarán exentos de la obligación de comparecer a prestar declaración como testigo ante los tribunales, pudiendo responder por escrito, bajo juramento y con las especificaciones pertinentes.
Asimismo, el Ministerio Público podrá convocar a concursos para seleccionar los funcionarios y el personal correspondiente a su área para los cargos vacantes.