Regulan las acciones de amparo en la Ciudad

Regulan las acciones de amparo en la Ciudad

Fue en la sesión de este jueves, en la que la Legislatura aprobó la Ley de Amparo. En siete días, tratará como preferencia la Ley de Amparo por Mora en la Administración. Iniciativas claves para la defensa de los derechos de los ciudadanos de Buenos Aires. Además, modificó el Estatuto Docente en varios aspectos y expropió la Cooperativa Textil CERES, entre otras cosas


Tras llegar al acuerdo de no tratar el Código de Faltas, pero sí la Ley de Amparo, pasadas las 19 horas, comenzó la sesión de este jueves 9 de noviembre.

El primero de los temas esperados en ser aprobado fueron los diferentes despachos que proponían modificaciones al Estatuto docente, uno (proyecto de Ana María Suppa y Marcos Peña) modifica la ordenanza 40.593, sobre los "Cargos de planta funcional no escalonados" y el otro, que modifica el artículo 70, sobre la "Licencia Deportiva", de la diputada Suppa.

Luego también se aprobaron la modificación al artículo 115 de la Ordenanza 40.593, "derecho al ascenso en escalafones respectivos", proyecto del Frente para la Victoria; y la modificación al Estatuto del Docente, "área de Educación Media y Técnica, ciclos básicos de formación ocupacional", de autoría de Compromiso para el Cambio.

La sesión corrió por los carriles esperados, se fueron aprobando diferentes proyectos y finalmente, cerca de las 20.30, comenzó el tratamiento de los proyectos de Ley de Amparo y de Amparo por Mora de la Administración.

A través de la sanción del primero, la "Ley de Amparo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", se otorgará "mayor seguridad jurídica a los justiciables y garantizará el más efectivo goce de los derechos constitucionales", según se explica en los fundamentos del despacho.

El texto se estructura en cuatro capítulos: Disposiciones Generales, Procedimiento, Amparo Colectivo y Disposiciones Complementarias. Entre otros, se fijan los plazos para la interposición de la acción (45 días hábiles) y para la resolución del fondo (5 en primera instancia y 10 en segunda). El artículo 28 del proyecto se destina a regular el trámite del amparo colectivo.

Además se propone la "creación de un Registro Público de Amparos Colectivos", que sería de consulta libre y gratuita, para el registro de todos los amparos colectivos que se interpongan.

El emcargado de comenzar la discusión fue el diputado Enrique Olivera (ARI), quien calificó la norma de "innovadora" y agradeció "a los asesores que participaron en el debate y acercaron sus proyectos". "Es una ley clave para los ciudadanos de Buenos Aires", culminó diciendo y dejó en consideración el proyecto que se aprobaría más tarde con la unanimidad de 48 votos.

Tras Olivera tomó la palabra el diputado Julio De Giovanni, quien recordó que "el amparo no debe convertirse en una acción ordinaria. Por la celeridad del proceso es por lo cual abogamos".

También hablaron Ivana Centanaro (Frente para la Victoria), Juan Manuel Velasco (ARI), Carlos Lo Guzzo (UCR), Martín Borrelli (Compromiso para el Cambio) y Jorge Enríquez (Juntos por Buenos Aires), quien manifestó: "La sanción de una norma legislativa en esta materia venía siendo una de las grandes deudas de la Legislatura. A los diez años de la sanción de nuestra Ley fundamental debíamos introducir este
instrumento regulador de una de las principales garantías constitucionales".

La Ley entrará en vigencia a partir de los 10 días corridos de su publicación, salvo lo referente a la acción de amparo contra particulares, la que tramitará según se propone recién una vez traspasados los fueros nacionales a la órbita de la Ciudad.

En relación con esta ley, el otro proyecto que iba a ser tratado era el de Amparo por mora de la Administración, por el que se incorporaría dicho capítulo en el "Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad", pero éste deberá esperar una semana más. El cansancio los venció y a las 21.30, el quorum legislativo se cayó.

Respecto de esta Ley, la diputada Gabriela Michetti, autora del proyecto manifestó: "Esta ley es una herramienta para que el ciudadano exija de las instituciones una pronta respuesta a su reclamo; de esta manera la Justicia obliga a la administración a contestar en tiempo y forma o de lo contrario la misma será sancionada según el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires".

Y agregó: "Esta ley trata de ser un remedio frente a la inactividad formal, la simple no contestación a una petición de los particulares, que se ven perjudicados por esta demora".

EXPROPIACIÓN

En otro tramo de la sesión, también se aprobó una ley que propone declarar de utilidad pública y sujetos a expropiación ciertos bienes muebles (hasta un monto de 50.000 pesos) para ser destinados al funcionamiento de la Cooperativa Textil CERES Limitada formada por los ex trabajadores de la empresa FACYA S.A.I.C.

Los bienes que se prevé expropiar serán cedidos por la Ciudad de Buenos Aires en comodato a la Cooperativa con la condición de que la entidad continúe con su actividad. Los gastos que implique la aplicación de la presente ley deberán ser incorporados como una partida del presupuesto general de la ciudad para el 2007.

RECONOCIMIENTO A FRONDIZI

La Legislatura porteña aprobó en el día de hoy una Ley de autoría de los diputados Jorge Enríquez y Marcelo Godoy que impone la denominación "Presidente Arturo Frondizi" a la autopista elevada, conocida como Autopista 9 de Julio, que corre desde la intersección de la Avenida 9 de Julio con la
Avenida San Juan hasta su intersección con el Puente Pueyrredón, entre las calles Lima, Herrera y General Hornos.

Al ser ésta una ley de doble lectura debe convocarse a una audiencia pública y luego se volverá a tratar en el recinto de sesiones para su aprobación final.

Enríquez detalló: "Esta norma tiende a ser un homenaje al Presidente Frondizi, (1958/1962) pero también para que todos los porteños nos demos la oportunidad de reunirnos en torno de un hombre que se elevó a la estatura de estadista, proponiendo una visión de la Argentina para ser compartida por el conjunto de sus compatriotas".

CASI CASI.. NO… PERO SÍ

Estaba todo dado para que se declarara Personalidad Destacada de la Cultura de la Ciudad al humorista y dibujante Felipe Miguel Ángel Dobal. Se habían alcanzado los 40 votos, pero al momento de votar… ups… las urgencias físicas llaman y había 2 ó 3 que no estaban… Quienes contaban con los votos transpiraron, pero finalmente los votos llegaron y con 41 votos se logró aprobar.

Asimismo se declaró Ciudadano Ilustre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al señor Alejandro Washington Alé, más conocido como Alberto Podestá. El homenaje que se pretende es el "eco del pedido de muchos tangueros pero sobre todo, el reclamo por la reivindicación de alguien que le puso voz al sentimiento porteño", se explica entre los fundamentos del expediente presentado por el Bloque Juntos por Buenos Aires, en donde además se recorre la trayectoria artística del cantante y se detalla su discografía completa.

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