Primer proyecto concreto para modificar la Ley Cafiero

Primer proyecto concreto para modificar la Ley Cafiero

La diputada porteña Alicia Pierini presentó en la Legislatura un proyecto de resolución que impulsa el envío al Senado de la Nación, por parte del cuerpo legislativo local, de un anteproyecto de reforma de la Ley Cafiero. Éste -que también fue redactado por Pierini- establece qué cuestiones estarán bajo jurisdicción de la Ciudad Autónoma y cuáles quedarán en la órbita del Estado Nacional


La diputada porteña Alicia Pierini (PJ) quiere impulsar el debate para modificar la Ley Cafiero, que restringe la autonomía porteña. Para eso presentó en la Legislatura un proyecto de resolución que tiene por objetivo que ese cuerpo impulse como propio, ante el Congreso Nacional, un anteproyecto de ley suyo, que reforma la cuestionada norma y establece las condiciones de deslinde de intereses entre el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Este último es la primera propuesta formal que se realiza en este sentido. Figura como anexo del proyecto de resolución presentado por Pierini.

DESLINDAR INTERESES

El anteproyecto, por un lado, establece que la Ciudad reconoce y garantiza al Estado Nacional la jurisdicción sobre el Río de la Plata y el puerto de Buenos Aires, los inmuebles situados en la Ciudad que sirvan de asiento a los poderes de la Nación y los bienes de propiedad de la Nación o afectados al uso y consumo del sector público nacional. También otorga jurisdicción nacional sobre las cuestiones de seguridad que afecten los intereses nacionales, que incumban a la prevención y represión de los delitos federales, así como de las organizaciones delictivas que se originen, extiendan o produzcan efectos fuera de la Ciudad y las que revistan carácter trasnacional, aunque los hechos se produzcan dentro del territorio porteño.

Asimismo, el proyecto garantiza la jurisdicción de la Nación sobre los límites de la Ciudad ya demarcados y las vías de comunicación interdistrital (por aire, subsuelo o tierra), sobre las cuestiones de índole civil, comercial y laboral que involucren en todo o parte a sociedades transnacionales o de capitales extranjeros, o que, teniendo domicilio principal en la Ciudad posean sucursales o concesionarias o integren uniones transitorias en otra u otras provincias, aunque el domicilio legal o el lugar de contratación o de cumplimiento de las obligaciones corresponda a la Ciudad. También encuadra en el orden nacional la competencia y fiscalización de todos los servicios de comunicaciones y telecomunicaciones -aunque tengan instalaciones o sede en la Ciudad- y de los servicios públicos cuya prestación exceda el distrito porteño.

El proyecto establece que, a su vez, el Estado Nacional reconozca a la Ciudad plena competencia y jurisdicción sobre todo el territorio demarcado como propio, sobre su subsuelo y la costanera del Río de la Plata, sobre las cuestiones de seguridad y de faltas, y la prevención y represión de los delitos comunes y de las contravenciones.

También faculta a la Ciudad a poseer policía propia (o los cuerpos de seguridad que determine), a regular el tránsito y el transporte, a reglamentar el juego en el distrito (esto en concurrencia con el Estado Nacional cuando afecte a más de la propia jurisdicción), a confeccionar registros propios de sociedades, asociaciones, fundaciones y mutuales (cuando éstas tengan objeto social a realizarse sólo en el ámbito de la Ciudad). Además le reconoce jurisdicción sobre el registro de la propiedad inmueble sin excepciones y el de los partidos políticos, la Justicia electoral, y la regulación de las matrículas de todas las profesiones o tecnicaturas para habilitar su ejercicio en el ámbito porteño.

Del mismo modo contempla la transferencia de la Justicia Nacional Ordinaria al ámbito de la Ciudad. El proyecto establece que la transferencia de fueros y competencias judiciales se realice por convenios específicos y por etapas, y que el Estado Nacional se comprometa a sancionar una nueva ley orgánica para la Justicia Nacional y Federal y una nueva legislación de tipificación de los delitos federales o de interés federal, así como de las cuestiones civiles, comerciales y laborales de interés federal. Asimismo, contempla que los Ministerios Públicos convengan por sí la cooperación o transferencia de competencias en forma progresiva.

De ser finalmente aprobada esta reforma por el Congreso Nacional, el proceso de diseño y conformación del sistema de seguridad de la Ciudad y la reforma de la misión, jurisdicción y competencias de la Policía Federal Argentina debería concluirse antes de los 180 días de sancionada la norma. A partir de allí, el Estado Nacional tendría un año de plazo para sancionar una Ley Orgánica Policial. Por su parte, la Ciudad garantizaría mantener el nivel escalafonario, remuneración, antigüedad, derechos previsionales u otros beneficios que correspondan a todos los agentes públicos que, en virtud de la transferencia, pasaran a la órbita porteña.

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