Cortocircuito en la Comuna 10 por la convocatoria al Consejo

Cortocircuito en la Comuna 10 por la convocatoria al Consejo

Vecinos autoconvocados constituyeron el Consejo Consultivo Comunal 10 y convocaron a la próxima sesión, mientras la Junta Comunal realiza un procedimiento paralelo con el mismo objetivo. El rol de la Ley 1777.


A partir del diez de diciembre entraron en funciones las flamantes comunas porteñas y con ellas comienzan a aparecer los primeros cortocircuitos propios de un proceso que es completamente novedoso.

En la comuna 10 vecinos autoconvocados decidieron constituir el Consejo Consultivo Comunal (CCC) de dicha Comuna mientras la Junta Comunal está realizando una convocatoria paralela con el mismo objetivo.

El día 21 de diciembre de 2011 vecinos e instituciones de la Comuna 10 autoconvocados en la Asociación Olegario Víctor Andrade, Cortina 2150, decidieron constituir el CCC en cumplimiento del Art. Nº 36 de la Ley 1777.

Los ciudadanos denunciaron que llegaron a esa definición porque el presidente de la Junta Comunal 10, Agustín Ferrari, no lo hizo hasta el momento.

Al respecto, Ferrari comentó que ?ninguna Comuna todavía convocó al CCC porque se abrió un registro de firmas para que todos los vecinos de todos los barrios estén avisados y se registren?. ?No es que no queremos que se haga la reunión del CCC sino que quiero que todo el mundo sepa qué se va a hacer?, agregó.

Agustín Ferrari, al igual que en otras Comunas, mantendrá abierto un registro abierto a todos aquellos que quieran participar en el Consejo Consultivo Comunal hasta el 28 de febrero. Según como se desarrolle este listado se convocará al CCC antes o después de esa fecha. Vale aclarar que quienes no se anoten antes del 28 de febrero también podrán participar.

Como se ve, los vecinos autoconvocados y la Junta Comunal transitan distintos caminos hacia el mismo objetivo. La Ley 1777 no permite descifrar cuál de los dos es el correcto porque establece, en su artículo 29, que el Presidente de la Junta tiene en sus funciones la de convocar al CCC, pero también, la misma Ley contempla en su artículo número 36 que el CCC puede autoconvocarse, entendiendo aquí que el mismo nació a partir del diez de diciembre.

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