Retendrán la licencia a quien pase con barrera baja

Retendrán la licencia a quien pase con barrera baja

Tras un largo debate, los legisladores de la Ciudad aprobaron una serie de incorporaciones a las causales para el retiro preventivo de la licencia de conducir. Cruzar con barrera baja es una de ellas. Para otro tiempo quedó la sanción para quienes hayan consumido sustancias que alteren la aptitud.


En el último tramo de la sesión ordinaria de este jueves 22 de septiembre, tras dos horas de debate, los legisladores porteños agregaron a las causas existentes para retener preventivamente la licencia de conducir al hecho de cruzar, por parte de los automovilistas, las vías ferroviarias con las barreras bajas.

La incorporación de la pena a esta infracción vial obtuvo 39 votos a favor y ninguna en contra y fue acompañada por la sanción en el mismo sentido a aquellos conductores que circulen por el carril exclusivo del Metrobus, que va por la avenida Juan B. Justo, desde Liniers a Palermo.

Según textual lectura de Raquel Herrero (PRO), autora de la iniciativa, los legisladores aprobaron el retiro de la licencia a "aquel conductor, titular o responsable de un vehículo que cruce o inicie el cruce de vías férreas mientras las barreras estén bajas o el paso no está expedito".

De esta manera, los diputados ampliaron la lista de causales para el retiro preventivo (40 días) de la licencia que figuran en el Código de Tránsito y Transporte, que ya pena a quienes conducen sin la reglamentación al día, ebrios o bien a los motociclistas que circulan sin el casco.

Al respecto, los legisladores mantuvieron un debate por más de dos horas para precisar el artículo 5.6.1 de l Código, que contempla las causales para la retención preventiva de licencias de conducir y determinaron algunos cambios a instancias de una propuesta de Herrero.

En ese marco, determinaron como razón para quitar las licencias a aquellos automovilistas que tengan esa documentación vencida o "cuando hayan sido adulteradas o surja una evidente violación a los requisitos exigidos el Código".

También ratificaron la sanción preventiva en los casos en que "cuando el titular se encuentre inhabilitado o suspendido para conducir o supere los límites de alcohol en sangre" establecidos por la normativa vigente.

Además, se estableció la pena para quienes vayan por el carril exclusivo correspondiente al Metrobús, sin estar autorizado a hacerlo, y, por último, a los motociclistas que circulen sin el casco reglamentario.

En diálogo con la prensa, la legisladora Herrero resaltó que "el proyecto fue concebido antes del accidente del Flores, porque siempre consideramos necesarias estas modificaciones que, quizá, no son todas las que hubiésemos querido incorporar".

El presidente de la Comisión de Tránsito y Transporte y miembro informante del proyecto, diputado Claudio Palmeyro (Peronista), afirmó que "es un expediente presentado hace muchos meses que nada tiene que ver con el lamentable accidente ocurrido en el barrio de Flores. Lo que estamos propiciando es incorporar al Código de Tránsito directivas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial".

"Estas incorporaciones son las mismas causales que se incorporaron a la Ley Nacional de Tránsito. No se está propiciando modificación al Código Contravencional ni de Faltas", aseguró.

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