La iniciativa del Poder Ejecutivo modifica el Régimen Penal Tributario y eleva los desfasados umbrales que determinan cuándo una maniobra de evasión puede derivar en pena de prisión.
La aprobación llegó con 43 votos a favor y 26 rechazos, sin grandes objeciones en el recinto, aunque el Gobierno se comprometió a ajustar la reglamentación sobre multas automáticas, un punto que había generado tensión en sectores de pequeñas y medianas empresas.
La reforma incluye una actualización sustancial de los montos:
Evasión simple (pena: 2 a 6 años): pasa de $ 1.500.000 a $ 100.000.000.
Evasión agravada (3 años y 6 meses a 9 años): pasa de $ 15.000.000 a $ 1.000.000.000.
Si hay interposición de personas, estructuras fiduciarias, patrimonios de afectación o jurisdicciones no cooperantes, el monto mínimo será $ 200.000.000 (antes $ 2.000.000).
Facturas o documentos falsos: el perjuicio requerido para configurar delito será de $ 100.000.000 (en vez de $ 1.500.000).
Además con esta ley, desde el oficialismo, buscan promover el regreso de capitales no declarados, conocidos como “dólares del colchón” e incentivar la formalización y recaudación sin saturar el sistema penal con casos de bajo monto.




