Fallo clave: la Justicia porteña frena el plan de demolición en Luna Park

Fallo clave: la Justicia porteña frena el plan de demolición en Luna Park

La Cámara ratificó la medida cautelar que prohíbe al Gobierno de la Ciudad continuar con las obras.


La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires confirmó este lunes la medida que prohíbe al Gobierno de la Ciudad avanzar con las obras de demolición del emblemático estadio Luna Park, ratificando un fallo de primera instancia y rechazando la apelación presentada por el Ejecutivo porteño. La decisión judicial mantiene suspendidos todos los trabajos o trámites administrativos vinculados al proyecto urbanístico y constructivo que impulsaba el Gobierno local.

La medida cautelar había sido dictada en noviembre por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 5, a cargo de la jueza Natalia Tanno, tras una demanda presentada por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez. Con el rechazo de la apelación, esa resolución precautelar permanece firme y en efecto, impidiendo cualquier avance sobre el histórico recinto ubicado en la esquina de Corrientes y Bouchard.

El argumento central de los jueces que integran la Sala III fue compartir el dictamen del fiscal ante cámara Juan Octavio Gauna, que sostuvo que la intervención proyectada por la Ciudad incumpliría las normas de protección patrimonial vigentes para el edificio. El Luna Park fue declarado Monumento Histórico Nacional y cuenta con protección estructural, lo que restringe alteraciones sustanciales en su volumen, cubierta o fachada.


La iniciativa oficial, impulsada por la Dirección General de Interpretación Urbanística mediante la Disposición 1283/DGIUR/25, proponía una transformación profunda del inmueble, con un aumento de aforo de espectadores y modificaciones edilicias que, según los denunciantes, equivalen a una demolición encubierta del interior del estadio. El informe técnico que acompañó la demanda sostuvo que tales cambios violan la normativa de protección patrimonial y terminan “desnaturalizando la esencia del edificio”.

En paralelo a la presentación de Gil Domínguez, otras organizaciones sociales y de defensa del patrimonio como Asociación Civil Basta de Demoler, Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y Fundación Ciudad también promovieron acciones judiciales, con el patrocinio de abogados especializados en derecho urbano y patrimonio. Estas demandas coincidieron en denunciar que el proyecto implicaría la pérdida casi total de los valores patrimoniales del estadio histórico.

Con la confirmación de la medida cautelar por parte de la Cámara, el estadio Luna Park quedará protegido de modificaciones estructurales hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión. La decisión pone en manos de la jueza Tanno la definición final del caso, que deberá resolver si se concede la continuación de la prohibición o si, por el contrario, habilita en el futuro alguna forma de intervención.

La resolución judicial constituye un nuevo revés para el Gobierno de la Ciudad en su intento de avanzar sobre proyectos urbanísticos en inmuebles con protección patrimonial. La confirmación del freno judicial al avance de obras en el Luna Park suma precedentes a la discusión sobre la preservación del patrimonio cultural en la ciudad y redefine los límites de las políticas urbanas frente a la tutela judicial del patrimonio histórico porteño.

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