El macrismo le responde a Kestelboim

El macrismo le responde a Kestelboim

La Defensoría General de la Ciudad presentó ante la Legislatura un escrito en el que se cuestionan dos proyectos del macrismo para modificar el Código Contencioso Administrativo y Tributario. Desde el oficialismo aseguran que las críticas son "opiniones doctrinarias" y que las propuestas "tienen sustento en jurisprudencia nacional".


El defensor general de la Ciudad, Mario Kestelboim, presentó días atrás ante la Legislatura porteña un escrito en el que cuestionaba dos proyectos del oficialismo porteño que plantean modificaciones al Código Contencioso Administrativo y Tributario -uno que amplía y reglamenta los requisitos para el dictado de medidas cautelares, y otro que incorpora en el procedimiento la recusación de jueces sin causa expresa-.

"La recusación es la facultad que la ley reconoce a las partes para peticionar que un juez se aparte del conocimiento de un caso. En el caso particular de la recusación sin causa expresa, el litigante puede solicitar y obtener el apartamiento de un juez del conocimiento de un asunto, sin indicar las razones que lo motivan. Pero que no se exprese la causa no quiere decir que no existan razones que hacen dudar de la imparcialidad y/u objetividad del juez", subrayó el legislador y autor de uno de los proyectos, Martín Borrelli.

Y agregó que, si bien en la normativa local dicha herramienta procesal no fue incluida, "el instituto tiene arraigada presencia tanto en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, como en diversos cuerpos de forma provinciales".

En relación a la crítica realizada por la Defensoría General, que plantea que tal instrumento permitiría "la utilización de la recusación con el fin de obstruir o dilatar los procedimientos judiciales", Borrelli remarcó: "La recusación es una facultad procesal de ambas partes. A efectos de evitar dilaciones innecesarias en el proceso, se exige que el pedido se realice en la primera aparición en la causa que tengan las partes; y para evitar que se constituya en un mecanismo destinado a elegir jueces que resulten de mayor conveniencia, se estipula que esta posibilidad únicamente puede ser utilizada en una sola ocasión en el proceso. Además, para limitar la posibilidad de que este instituto pueda ser utilizado en forma abusiva, la nueva designación se realizará mediante un nuevo sorteo y no de acuerdo al orden del que siga en el turno".

"La dilación en el proceso se podría presentar si los jueces recusados se negaran a abandonar la causa e iniciaran un incidente para que sea la Cámara la que decida sobre el tema", reconocieron desde el macrismo.

Finalizando, el legislador Martín Ocampo, autor del proyecto para ampliar los requisitos para el dictado de medidas cautelares, ante los dichos de la Defensoría General que señalaban que "normas como la proyectada han sido declaradas inconstitucionales por la jurisprudencia", recalcó: "La mayoría de los temas del proyecto son recepciones de fallos de la Cámara en lo Contencioso Adminitrativo y Tributario, y todas las propuestas del Código tienen recepción legislativa en alguna jurisdicción de nuestro país".

Más allá de las cuestiones técnicas, la argumentación que circula entre los macristas vinculados con la materia es que lo expresado por la Defensoría General "es una opinión doctrinaria que deja en claro la resistencia de un sector de la justicia a cualquier tipo de cambio".

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