La Asesoría Tutelar celebró la regulación del padrinazgo en la Ciudad

La Asesoría Tutelar celebró la regulación del padrinazgo en la Ciudad

El organismo que preside Laura Musa acompaña la medida del Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de poner un freno al programa de padrinazgo en terreno local. Las causas de la medida son entre otras, la ausencia de control de las prácticas en las instituciones.


Luego de la decisión que tomó el Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de suspender por 90 días las prácticas de padrinazgo en las instituciones contratadas por el Gobierno porteño, desde la Asesoría General Tutelar, a cargo de Laura Musa, expresaron el apoyo a la medida alegando ?la gravedad de la falta de controles?.

El organismo que preside Beatriz Orlowski de Amadeo, en representación del Gobierno decretó poner un freno a este tipo de actividad por considerar que ?las instituciones de albergue autorizan la salida y pernocte de niños y bebés con personas extrañas a su entorno familiar o comunitario de origen, sin ninguna autorización judicial o administrativa, ni control estatal, por plazos indeterminados (fines de semana, vacaciones, y periodos aún más largos)?.

Además, argumentaron que ?estas personas no van acompañadas por operadores de la institución donde los niños se alojan?. Más dramática es la situación si se tiene que ?el 50 por ciento de los niños apadrinados tienen entre 0 y 5 años?.

Para dar solución, se solicitó la intervención de los organismos de protección de derechos (defensorías zonales) a fin de que se evalúe cada caso concreto a la luz de la estrategia de egreso diseñada.

El Consejo, además, dispuso la aplicación de la suspensión de ingresos y una sanción de advertencia a una institución ubicada en la zona norte de la Provincia de Buenos Aires contratada por el Gobierno de la Ciudad a partir de la constatación de que el cuidado de los niños allí derivados lo realizaban familias seleccionadas exclusivamente por la institución, en la mayoría de los casos, aspirantes a la adopción.

Musa aseguró que ?en caso de que persista la práctica de padrinazgo, debería ser considerada como una de las posibles opciones que puede o no formar parte de la estrategia de trabajo en cada caso?. ?Si se decide utilizarla, es fundamental que no quede librada a criterios particulares de cada institución de albergue?, precisó la titular de la Asesoría.

Y agregó que el sistema ?no debe constituirse en una vía alternativa de salida de niños, niñas y adolescentes, ni como compensador ? no regulado – de las debilidades de otros sistemas (adopción, fortalecimiento familiar, estrategias de egreso y autovalimiento)?.

En 2009, y a raíz de la informalidad detectada en las prácticas de padrinazgo implementadas por las instituciones de albergue, la Asesoría General Tutelar instó al Gobierno local -a través de la DGNyA del Ministerio de Desarrollo Social del GCBA- a la regularización de esta figura.

El 18 de junio de 2010 se celebró una audiencia en la AGT con la presencia del CNNNyA y de la DGNyA a fin de que explicitaran la regulación legal, condiciones y requisitos para quienes ejercen la práctica de ?padrinazgo?. Como consecuencia de ello, se introdujo una regulación parcial exigiendo entre otros requerimientos ?la autorización de los organismos pertinentes (Consejo de los Derechos, Servicios Locales y Zonales, DGNyA y Juzgados) para permitir el pernocte de los niños/as en la casa de sus padrinos y/o salidas de fin de semana, toda vez que el equipo profesional de la institución así lo haya considerado?.

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