La Justicia porteña amplía su poder

La Justicia porteña amplía su poder

La transferencia de nuevas competencias penales a la órbita del Poder Judicial de la Ciudad llegó a la Cámara Baja, y en la sesión ordinaria de este miércoles los diputados la convirtieron en ley. Así, se autoriza a los jueces porteños a intervenir en causas por delitos corrupción de funcionarios de la administración local, y ampliarán sus competencias a una serie de delitos complementarios a los ya transferidos.


La autonomía porteña en materia judicial dio este miércoles un paso más hacia su pleno ejercicio luego de tratarse y aprobarse en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados la iniciativa con media sanción del Senado, que establece una nueva transferencia de competencias penales de la órbita de la justicia Nacional al Poder Judicial de la Ciudad.

En agosto de 2010, el Senado dio media sanción con el voto unánime de los presentes en el recinto de la Cámara Alta a un proyecto (que tuvo entre sus impulsores y autores al senador del Frente para la Victoria Daniel Filmus) mediante el cual se propone la transferencia nuevas competencias a la órbita del Poder Judicial porteño.

A las 17 de este miércoles fue aprobada por unanimidad, con 210 votos afirmativos. De acuerdo al texto, los jueces y funcionarios del Ministerio Público de la Ciudad podrán entender en una serie de delitos complementarios a los ya transferidos mediante el primer y segundo convenio de transferencias progresivas de competencias penales.

Así, la justicia porteña ampliará su intervención en los siguientes delitos: lesiones, abuso de armas, duelo, violación de domicilio, incendio y otros estragos, tenencia, portación y suministro de armas de guerra, impedimento u obstrucción de contacto, Penalización de Actos Discriminatorios, y delitos y contravenciones en el Deporte y en Espectáculos.

Pero no sólo en estos delitos vinculados con los ya transferidos tendrán competencia los jueces, fiscales, defensores y asesores tutelares porteños, también ampliarán sus competencias en todos aquellos actos cometidos por funcionarios públicos de la administración local, o contra sus funcionarios públicos, que atenten contra el funcionamiento de sus poderes públicos u ocurran en el marco de un proceso judicial que tramite ante los tribunales locales.

El Poder Judicial de la Ciudad también podrá entender en causas caratuladas por atentado y resistencia contra la autoridad; falsa denuncia de delitos cuya competencia se encuentre transferida a la Ciudad; usurpación de autoridad, títulos u honores; abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos; violación de sellos y documentos; cohecho y tráfico de influencias; malversación de caudales públicos; negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; exacciones ilegales; enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados; prevaricato; denegación y retardo de justicia; falso testimonio; y evasión y quebrantamiento de pena.

También se sumarán los delitos por falsificación de sellos, timbres y marcas, y falsificación de documentos; delitos de los funcionarios públicos contra la libertad individual; delitos contra la libertad de trabajo y asociación; estafa procesal acaecida en procesos judiciales tramitados ante los tribunales de la Ciudad; defraudación; delito contra la seguridad del tránsito; desarmado de autos sin autorización; profilaxis, en relación a los delitos tipificados por la Ley 12.331; y estupefacientes, con ajuste a lo previsto en el artículo 34 de la Ley 23.737 conforme la redacción de la Ley 26.052.

Según se expresa en el texto del proyecto sancionado ?las causas que por las materias enumeradas precedentemente se hallen pendientes ante los Juzgados Nacionales al momento de perfeccionarse la transferencia de competencias, serán terminadas y fenecidas ante los mismos tribunales?.

También se dejó expreso que la Nación deberá transferir los fondos correspondientes.

Te puede interesar

Qué se dice del tema...