El pasado jueves estuvo a punto de sancionarse un proyecto de ley presentado por la diputada Vilma Ripoll y por los legisladores (mandato cumplido) Daniel Bravo, Oscar Moscariello y Juliana Marino que modificaba la Ley 283 -a través de la cual se confirmó en carácter de titulares a los docentes interinos en todos los cargos de base y en algunos cargos de ascenso- para incluir al personal docente directivo que había sido excluido arbitrariamente en esa norma. Sin embargo, tras un pedido de modificación del orden del día, la diputada Gabriela Michetti (Compromiso para el Cambio) solicitó al Cuerpo que votara la vuelta del despacho a la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología.
Se argumentó en este sentido que varios diputados habían cambiado de opinión en las últimas horas y que no se contaba con la cantidad de votos requerida para la aprobación del proyecto. Varios legisladores se refirieron también a la complejidad del tema, en el que están involucrados gran cantidad de docentes. A raíz de esto, y a pesar de la oposición de un sector de los directores de escuelas presentes en el recinto, el Cuerpo parlamentario decidió llevar la discusión nuevamente a la Comisión.
Ripoll (Izquierda Unida) explicó que "actualmente más de 250 directores de escuelas secundarias porteñas (Técnicas, de Comercio, Liceos y Bachilleratos) atraviesan una situación más que irregular". Según Ripoll "en 1992 la Ciudad recibió estas escuelas transferidas desde la Nación y dos años después fueron titularizados muchos directores, pero quedó fuera un importante sector".
"Ahora -agregó- tras 12 años de no realizar concursos, con una insólita resolución la Secretaría de Educación porteña se pretende abrirlos, dejando en la precariedad a los directores que sostuvieron esas escuelas todo este tiempo. Por eso los afectados reclaman su titularización".
"Tenemos alrededor de diez años el ejercicio de nuestras funciones", explicó a NOTICIAS URBANAS Roberto Angrisani, director del Colegio Nº 7. Este docente, que asumió su cargo de director interino en 1995 por orden de mérito, definió de esta manera su situación: "Como soy director desde hace casi diez años y por ley no puedo tener más de doce horas cátedra, no puedo concursar, porque no completo las 16 horas que me pide el Gobierno de la Ciudad. Además, como soy miembro de una junta de clasificación no puedo presentarme. Ni siquiera si renuncio, porque yo ocupaba ese cargo cuando se hizo el llamado al concurso", señaló.
Las juntas de clasificación son los órganos que establecen los puntajes en los concursos. Están conformados por nueve miembros, de los cuales, seis son elegidos por las bases -los docentes- y tres por la Secretaría de Educación. Cada especialidad de colegio -liceos, comerciales, bachilleres, técnicos, artísticos, de adultos- tiene una junta. Actualmente, los cargos interinos se ocupan por el orden de mérito que elaboran las juntas. El llamado a concurso que quiere implementar el Gobierno porteño, en cambio, plantea el sistema de prueba por oposición, en el que el postulante da una clase y la junta de clasificación lo califica.
El despacho de mayoría -que fue firmado por el presidente de la Comisión Marcelo Godoy y por los diputados Santiago de Estrada, María Eugenia Estenssoro, Diego Kravetz, Marcos Peña, María Florencia Polimeni, Ana Suppa y Ripoll- plantea la estabilidad laboral para quienes se encuentren desempeñando los siguientes cargos jerárquicos que, según el tipo de establecimiento educativo, pueden ser: director y vicedirector o rector y vicerrector (Escuelas de Enseñanza Media), director, vicedirector, regente, subregente y jefe general de enseñanza práctica (Escuelas de Enseñanza Técnica), director y vicedirector (Ciclos Básicos de Formación Ocupacional), director, vicedirector, regente y subregente (Escuelas Normales Superiores), director, vicedirector o encargado de ciclo, regente – jefe general de taller y subregente (para el área de Educación Artística) y rector, regente y jefe general de enseñanza (para el área de Educación del Adulto y el Adolescente).
El dictamen también propone que para acceder al beneficio de la titularidad, los afectados deban poseer un concepto no inferior a "muy bueno" en las últimas tres calificaciones. También fija límites de antigüedad para ser alcanzados por la norma: dos años continuos en el cargo hasta la fecha de promulgación de la ley para el caso de los agentes con título docente tres años continuos para los agentes con título habilitante y cuatro años para los agentes con título supletorio.
Por otra parte, los docentes nucleados en la Interescuelas en la Defensa de los Derechos Laborales de los Docentes Interinos -quienes concurrirán este martes a la Legislatura para ampliar los fundamentos de su petición- enviaron una carta a los legisladores que integran la Comisión, en la que les solicitan que dispongan lo necesario para lograr la sanción una Ley de titularización y Regularización para todos los docentes que revistan en calidad de interinos en las Escuelas de Educación Media y Técnica de la Ciudad, como así también de los profesores de natación correspondientes al nivel primario.
También piden la suspensión de los concursos para ingresos, acumulación, acrecentamiento, traslado y ascenso en los cargos vacantes, hasta tanto se normalice y regularice la situación de los docentes encuadrados en la mencionada situación.



