La decisión del Gobierno de la Ciudad de llamar a concurso para los cargos jerárquicos de las escuelas porteñas generó un conflicto con un gran número de directores interinos que se encuentran en ejercicio y que corren el riesgo de quedar cesantes.
Se trata de los que no accedieron al beneficio de la titularización que se realizó en 1994, dos años después de que la Nación transfiriera un importante número de escuelas secundarias a la órbita de la Ciudad. Este sector también se quedó afuera de la ley 283, sancionada en 1999 por la Legislatura, mediante la cual se confirmó en carácter de titulares a los docentes interinos en todos los cargos de base y , sólo en algunos casos, en los cargos de ascenso.
Los ecos del problema llegaron hasta los despachos de los diputados porteños y la Comisión de Educación, que preside Marcelo Godoy, acaba de emitir un dictamen sobre un proyecto de ley que fue presentado por los ex legisladores porteños Daniel Bravo, Juliana Marino y Oscar Moscariello y por la diputada Vilma Ripoll, que promueve una reparación laboral para los directivos interinos de las escuelas. Se estima que el proyecto será tratado en breve en el recinto.
"Tenemos alrededor de diez años el ejercicio de nuestras funciones", explicó a NOTICIAS URBANAS Roberto Angrisani, director del Colegio Nº 7. Este docente, que asumió su cargo de director interino en 1995 por orden de mérito, definió de esta manera su situación: "Como soy director desde hace casi diez años y por ley no puedo tener más de doce horas cátedra, no puedo concursar, porque no completo las 16 horas que me pide el Gobierno de la Ciudad. Además, como soy miembro de una junta de clasificación no puedo presentarme. Ni siquiera si renuncio, porque yo ocupaba ese cargo cuando se hizo el llamado al concurso", señaló.
Las juntas de clasificación son los órganos que establecen los puntajes en los concursos. Están conformados por nueve miembros, de los cuales, seis son elegidos por las bases -los docentes- y tres por la Secretaría de Educación. Cada especialidad de colegio -liceos, comerciales, bachilleres, técnicos, artísticos, de adultos- tiene una junta. Actualmente, los cargos interinos se ocupan por el orden de mérito que elaboran las juntas. El llamado a concurso que quiere implementar el Gobierno porteño, en cambio, plantea el sistema de prueba por oposición, en el que el postulante da una clase y la junta de clasificación lo califica.
El proyecto de los legisladores plantea la estabilidad laboral para quienes se encuentren desempeñando los siguientes cargos jerárquicos que, según el tipo de establecimiento educativo, pueden ser: director y vicedirector o rector y vicerrector (Escuelas de Enseñanza Media), director, vicedirector, regente, subregente y jefe general de enseñanza práctica (Escuelas de Enseñanza Técnica), director y vicedirector (Ciclos Básicos de Formación Ocupacional), director, vicedirector, regente y subregente (Escuelas Normales Superiores), director, vicedirector o encargado de ciclo, regente – jefe general de taller y subregente (para el área de Educación Artística) y rector, regente y jefe general de enseñanza (para el área de Educación del Adulto y el Adolescente).
El dictamen también propone que para acceder al beneficio de la titularidad, los afectados deban poseer un concepto no inferior a "muy bueno" en las últimas tres calificaciones. También fija límites de antigüedad para ser alcanzados por la norma: dos años continuos en el cargo hasta la fecha de promulgación de la ley para el caso de los agentes con título docente tres años continuos para los agentes con título habilitante y cuatro años para los agentes con título supletorio.



