El nuevo Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires no deja de generar polémica. Antes, durante y después de su sanción generó gran conmoción entre distintos sectores que veían a la nueva norma como toda una amenaza. A menos de tres meses de su implementación, las contravenciones que más cuestionamientos han recibido son la oferta y demanda de sexo en la vía pública y la venta ambulante.
Consultado al respecto por NOTICIAS URBANAS, el fiscal general adjunto de la Ciudad, Luis Cevasco, aseguró que "el nuevo Código, en la mayoría de los casos, es una herramienta más eficiente porque ha convertido muchas faltas en contravención. Las faltas eran competencia del Poder Ejecutivo de la Ciudad y las contravenciones son competencia del Poder Judicial".
Según Cevasco, "la importancia de esto radica en que había muchas faltas que lindaban con la contravención, entonces era difícil discernir si era u otra. Ahora está muy claro cuáles son las contravenciones, y frente a éstas la Policía tiene la obligación de actuar de oficio, ya no está sujeto al régimen de inspecciones ni a circunstancias políticas. Esto se ve puntualmente en algunas cuestiones como, por ejemplo, la venta ambulante".
El fiscal explicó que "además ha pasado a ser contravención el ejercicio de toda actividad lucrativa no autorizada en la vía pública, y esto no sólo se aplica a la venta ambulante sino también a la ocupación de la vía pública por mesas y sillas por parte de comerciantes, el emplazamiento de carteles no autorizados, etcétera. Y ha pasado a ser contravención la venta de alcohol después de los horarios permitidos y la permanencia de menores de 18 años en los lugares donde esto está prohibido. En ese sentido, se han hecho gran cantidad de procedimientos en cyber cafés -donde además no había filtros para pornografía- y en los lugares bailables que se han ido habilitando para que no ingresen menores".
Con respecto a la venta ambulante, Cevasco manifestó que "la mayoría de los vendedores ambulantes responden a distintas organizaciones y esto se ve claramente si se advierte que la venta ambulante masiva tiene temporadas. Cuando ser acerca el verano es la temporada de las ojotas y los anteojos y luego están las modas como puede ser actualmente la venta de fundas para celulares. Si uno se para a mirar, es exactamente la misma mercadería la que venden en los distintos puestos, lo que prueba que se trata de una venta masiva en negro".
Y aclaró: "No estamos hablando de la persona que compra barato al mayorista para hacer una pequeña diferencia vendiendo más barato que el comercio establecido. Esto ha quedado demostrado en muchos procedimientos donde se ha secuestrado la mercadería y al rato viene un ayudante del vendedor ambulante con una carretilla llena de cajas para seguir vendiendo. No es cierto que estamos frente a la persecución del pobre individuo que, de esta manera, tiene el único modo de ganarse el dinero como cuentapropista como es el caso de los artesanos".
En lo que hace a la oferta y demanda de sexo en la vía pública, el funcionario público afirmó que "es un tema complicado porque el Código nuevo en este sentido puede ser considerado como auto inmune, ya que establece una prohibición pero le pone tantas condiciones para la aplicación que termina siendo inoperante".
"El artículo 81 del Código Contravencional -agregó- sanciona la demanda ostensible de sexo en la vía pública, pero al mismo tiempo nos dice que no se puede probar la contravención por ademanes, vestimenta o apariencia y que sólo puede actuar la policía por indicación de un representante del Ministerio Público Fiscal. Por lo tanto, solo podríamos sancionar aquellos casos fragantes donde se está ofreciendo sexo de manera ostensible, siempre y cuando en el lugar haya un policía y un representante de la fiscalía que le indique a la policía que actúe".
Según Cevasco, "esto es materialmente imposible. Nosotros entendemos que ha sido un modo de desincriminar esta actividad. Lo que nosotros hacemos es establecer un tipo de saturación de presencia policial para desalentar la demanda".
El fiscal sostuvo que "no se ha aumentado la cantidad de detenidos ni tampoco tenemos gran número de condenas. La mayoría de las condenadas que tenemos hasta el momento son por juicio abreviado, que quiere decir que el imputado reconoció la falta, pautó la pena con el fiscal de acuerdo a las normas y se lo ha condenado por ello".
Cevasco expresó: "En general con el Código Contravencional actual no tenemos demasiados inconvenientes, incluso hay cuestiones que nos parecen muy positivas como ser que se haya eliminado ese menú amplio de sanciones que tenía el Código anterior, porque lo cierto es que la mayoría de las penas terminaban en un apercibimiento que es la nada. Además, nos parece de mejor técnica que cada contravención tenga su determinada sanción. Y en aquellos casos en los que la pena mínima pueda resultar excesiva, hay otro tipo de soluciones contempladas".
Pero reconoció que "hay problemas de articulación en lo que hace a la aplicación de la pena de trabajo de utilidad pública, porque no tenemos aceitado el modo de control de la tarea por problemas presupuestarios. En ese sentido, estamos en conversaciones con la Legislatura y el Ejecutivo para que nos asignen las partidas presupuestarias y le reconozcan al Ministerio Público Fiscal la autarquía que prevé la Constitución para establecer este tipo de estructura".