El jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, y el jefe de Gabinete, Felipe Miguel formalizaron el anuncio de la modificación del sistema electoral porteño, a través de la publicación del decreto Nº 109/23 en el Boletín Oficial, que contó con la particularidad de que la resolución no contó con la firma del ministro de Gobierno, Jorge Macri. Su rúbrica fue delegada en el ministro de Justicia y Seguridad, Eugenio Burzaco.
Macri no firmó el documento porque se encuentra de viaje. Voló a los Estados Unidos para realizar un tratamiento por la discapacidad que tiene en una de sus piernas. Además, va a aprovechar para descansar unos días antes de meterse de lleno en la campaña electoral.
La versión echa por tierra los rumores que indican que el funcionario -enfrentado con Rodríguez Larreta por la decisión de convocar a votaciones concurrentes- viajó a propósito para no avalar el decreto con su nombre.
Elecciones concurrentes: qué dice el decreto
El decreto convocar para el 13 de agosto de 2023 al electorado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, para el 22 de octubre de 2023 a las elecciones generales y para el 12 de noviembre de 2023 el balotaje (en caso de ser necesario).
Tal como anticipó Larreta el lunes, este año en CABA habrá elecciones concurrentes. Esto significa que los porteños votarán de dos maneras distintas: para la elección a presidente, vice, diputados nacionales y diputados del Parlasur con la boleta de papel por categoría; mientras que para los cargos a jefe y vicejefe de gobierno, legisladores y comuneros lo harán con el sistema de boleta única electónica, en urnas diferentes.
La norma publicada este miércoles destaca entre sus considerandos que el Código Electoral porteño establece como forma de sufragio para todos los cargos públicos electivos locales a la Boleta Única.
“En atención a que el instrumento de sufragio que rige en CABA es la boleta única, siendo diferente al sistema de emisión de sufragio a nivel nacional resulta pertinente celebrar las elecciones concurrentemente con las nacionales de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 60 del Código Electoral”, dice la norma.
¿Qué se vota en la Ciudad?
En la Ciudad, los porteños deberán elegir mediante el sistema de boleta única electrónica los siguientes cargos:
- Jefe/a de Gobierno y Vicejefe/a de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- 30 Diputados/as titulares y sus suplentes para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- 7 miembros integrantes titulares y sus suplentes de cada una de las 15 Juntas Comunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.