La Justicia le ordenó al GCBA que informe si estableció testeos para los docentes

La Justicia le ordenó al GCBA que informe si estableció testeos para los docentes

La justicia ante el comienzo del ciclo lectivo, además citó a audiencia a la ministra de Educación y su par de Salud,


El titular del Juzgado n.° 2 del fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad, Andrés Gallardo, ordenó al Gobierno porteño que «en el término de dos (2) días informe si se ha elaborado un protocolo de testeos de Covid 19 a personal docente y no docente de los establecimientos educativos dependientes del GCBA y, puntualmente, si está previsto realizar dichos testeos de manera previa al inicio del ciclo lectivo 2021, debiendo indicar, en su caso lugar, fecha y modalidad de la realización de dichos testeos, y acompañar copia del protocolo y de toda la documentación pertinente».

«Asimismo, deberá informar si se ha previsto la realización de testeos de Covid al personal docente y no docente de los establecimientos educativos dependientes del GCBA de manera periódica durante el ciclo lectivo 2021, así como la adopción de otras medidas tendientes a prevenir la propagación del virus COVID 19 en el ámbito escolar, en su caso, precisando en que fecha, la modalidad de la realización de dichos testeos y/o implementación de medidas preventivas y acompañando copia de toda la documentación pertinente», añadió.

El magistrado además fijó audiencia para «el día 10 de febrero de 2021 a las 12 hs. que se llevará a cabo en forma virtual a través del sistema Cisco Webex implementado por el Consejo de la Magistratura de la CABA, y convocar a participar en la misma a las partes actora y demandada, a todas aquellas personas que pudieran tener un interés jurídico en el resultado del litigio, a la Sra. Ministra de Educación del GCBA Lic. Soledad Acuña y al Sr. Ministro de Salud del GCBA, Dr. Fernán González Bernaldo de Quirós, haciéndoseles saber a estos dos últimos que deberán comparecer a la audiencia fijada en forma personal e indelegable». Indicó que «las personas convocadas podrán formular las aclaraciones que estimen pertinentes respecto del objeto del litigio y de sus pretensiones y deberán, asimismo, brindar las explicaciones que el Tribunal estime conducentes para la resolución de las cuestiones planteadas. Poner en conocimiento de todas las personas convocadas que oportunamente y con la debida anticipación se informará el acceso o link para participar en la audiencia, así como los requerimientos técnicos necesarios a tal fin».

La información fue dada a conocer por iJudicial.

 

 

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