Publicado: 14/06/2012 UTC General Por: Redacción NU

Clausuran planta embotelladora de Coca Cola por contaminar el Riachuelo

Está ubicada en el barrio de Pompeya (Amancio Alcorta 3570). La clausura hasta el momento es preventiva, la Fiscal Verónica Guagnino ahora deberá inspeccionar la planta y de ser necesario solicitará una clausura prolongada.
Clausuran planta embotelladora de Coca Cola por contaminar el Riachuelo
Redacción NU
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La Fiscal de Cámara Verónica Guagnino pidió y logró la clausura preventiva de la Planta FEMSA S.A ubicada en el barrio de Pompeya (Amancio Alcorta 3570), luego de probar que la empresa está desechando elemento tóxico, a través de una conexión clandestina a la red pluvial que vuelca a la cuenca Matanza-Riachuelo.

En un operativo de rutina de la Dirección General de Control Ambiental y la Policía Metropolitana se identificó el 11 de junio, por medio de un robot subterráneo en Cachí y Rio IV una conexión clandestina. El día de ayer (13) se ingresó a la planta y mediante el uso de colorantes se corroboró la procedencia de conexión clandestina. Asimismo se corroboró que el derrame de una torre de enfriamiento se vierte en unas rejillas que desembocaban en otra conexión ilegal a la red pluvial.

Ante la evidencia colectada, la Fiscal logró la clausura de la Planta en virtud de la competencia de la Justicia de la CABA por violación del art. 54 Código Contravencional. La medida adoptada propende a que cese el delito, que afecta al medioambiente y contamina el Riachuelo. La clausura hasta el momento es preventiva, la Fiscal ahora deberá inspeccionar la planta y de ser necesario solicitará una clausura prolongada.

Artículo 54 - Colocar o arrojar sustancias insalubres o cosas dañinas en lugares públicos. Quien coloca o arroja sustancias insalubres o cosas capaces de producir un daño, en lugares públicos o privados de acceso público, es sancionado con multa de seiscientos ($ 600) a quince mil ($ 15.000) pesos o tres (3) a treinta (30) días de arresto. La sanción se eleva al doble cuando la conducta se realiza en espacios donde concurren niños/as. Idéntica sanción de multa le corresponde a las personas de existencia ideal cuando la acción se realiza en
nombre, al amparo, en beneficio o con autorización de las mismas.

RECTIFICACIÓN

24 horas después de conocerse la clausura preventiva, el Ministerio Público Fiscal informó que en la información comunicada "se manifestó erróneamente que la empresa FEMSA virtió una sustancia de nombre Rodamina. Dicha información, fue incorrecta. El error se produjo por cuanto la sustancia, en realidad, fue utilizada por los peritos que actuaron en el procedimiento."

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