Se aprobó la Ley de Educación Ambiental
Este jueves la Legislatura porteña aprobó por unanimidad un proyecto por el cual se incorpora a la educación ambiental en el sistema educativo formal, no formal y mediante modos alternativos de comunicación y educación en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
La iniciativa fue presentada por el presidente de la Comisión de Educación, Marcelo Godoy; el presidente de la Comisión de Ecología, Juan Manuel Velasco; y la diputada Mónica Bianchi.
"Lo ambiental es parte consustancial de toda decisión que afecte o altere el medio natural y social y, por tanto, los problemas ambientales se han transformado en aquellos más graves y urgentes para el desarrollo de las sociedades. El estudio de los problemas ambientales, su tratamiento en la escuela y en diversos ámbitos sociales reviste especial importancia para el futuro de la vida en sociedad", aseguró Godoy (Frente Compromiso para el Cambio).
Velasco (ARI), por su parte, señaló que "la educación ambiental debe acercar a los individuos a una comprensión integrada del medio ambiente a la vez que promover el desarrollo de actitudes que favorezcan la colaboración activa en favor del entorno, aplicando modelos de desarrollo alternativo, que respeten el equilibrio natural, en condiciones ecológicamente sustentables".
En tanto, Bianchi (Frente para la Victoria) sostuvo "la educación ambiental debe jugar un papel importante en la medida que contribuya a evaluar el mundo desde el reconocimiento de la complejidad del ambiente y tenga como objeto la formación del hombre para un comportamiento ético ante la sociedad y ante todos los seres de la naturaleza. En ese sentido, la educación ambiental debe desarrollarse en forma conjunta y paralela entre los diversos niveles de gestión pública y las instancias de participación ciudadana".
Algunos de los objetivos que persigue la norma -que recibió aportes de los diputados Fernando Cantero (ARI), Alicia Caruso (Frente Grande) y Ricardo Busacca (Alternativa Federalista)- el desarrollo de la conciencia ambiental; la participación y la responsabilidad de la comunidad hacia la problemática ambiental; la construcción de una mirada critica de la realidad socio ambiental local en el marco de la región, que permita posicionarse en un lugar protagónico para el reconocimiento de problemas ambientales y el planteo de soluciones; y el fomento de una actitud critica respecto del estilo de desarrollo vigente y de las practicas y modos de pensar la relación sociedad - naturaleza.
Por otra parte, la ley crea en el ámbito de la Secretaría de Educación, en conjunto con la Subsecretaria de Medio Ambiente, el Comité Coordinador de Asuntos Educativos Ambientales, el cual funcionará como autoridad de aplicación, quien será la encargada de coordinar las actividades educativas formales, no formales e informales.
Se entiende como educación formal a todas las actividades realizadas en los centros educativos públicos o privados dependientes del Gobierno de la Ciudad, incluyendo a la educación inicial, primaria, media y la superior en todas sus formas y niveles. Mientras que la educación no formal se refiere a las actividades extracurriculares y de extensión relacionadas dentro de los establecimientos educativos con intervención de la dirección de cada establecimiento, e incluye a las Organizaciones no Gubernamentales, las empresas publicas y privadas, los sindicatos, y aquellas otras instituciones cuyos objetivos y finalidades sean acordes con la ley.
El Comité Coordinador de Asuntos Educativos Ambientales deberá, entre otras cosas, diseñar, difundir, implementar y dictar talleres, seminarios, jornadas y cursos ambientales, dirigidos a las escuelas dependientes del Gobierno de Ciudad; realizar campañas para concienciar sobre la necesidad de reducir los volúmenes de residuos urbanos; generar material didáctico referido a la temática ambiental para las campañas respectivas, respetando las particularidades barriales y culturales; crear y organizar una biblioteca temática en cada Centro de Gestión y Participación; generar encuentros interbarriales de intercambio de experiencias e investigación, así como también de formación, capacitación y actualización del personal docente y no docente; y promover programas de capacitación dirigidos a los empleados públicos.