Sigue la controversia en torno al Defensor del Cliente Bancario
La ley 1.538 que creó la figura del defensor del cliente bancario sigue despertando controversias debido a que, en una causa judicial iniciada tiempo atrás por la ex defensora del Pueblo porteño, Alicia Oliveira, con motivo del corralito (decreto PEN 1570/01), la Cámara Contencioso Administrativa Nacional determinó, en un fallo fechado el 26 de junio del 2003, la insuficiencia de atribuciones de la Defensoría local en materia bancaria.
En esa resolución, la Justicia le negó personería en esta materia, que es exclusivamente federal, por ser el sistema financiero y bancario de competencia exclusiva del Banco Central. "En cuanto a la competencia local, apenas en algunas cuestiones menores o que se atribuyan al Banco Ciudad éste podría intervenir", señalaron fuentes tribunalicias.
Estas cuestiones no hacen más que poner en duda la utilidad real del cargo y contribuyen a abonar la teoría de que el puesto fue creado como una suerte de "premio consuelo" para que aspire a ocuparlo algún legislador cuyo mandato vence este año o algún "herido" en las internas partidarias.
A su vez, al ser consultados voceros de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad acerca de cuántas denuncias se recibieron en los últimos dos años sobre temas bancarios, éstos informaron que, sumadas las quejas por cajeros, descuentos indebidos y tarjetas de crédito, se contabilizaron alrededor de 60 reclamos desde el 2003 a la fecha, que fueron atendidos por el área de Defensa del Consumidor. El caudal de quejas recibidas por los demás temas, en cambio, asciende a cerca de 40.000 anuales.