Un fiscal solicita la inconstitucionalidad de la Ley de Deudores Alimentarios
La causa nació a través de un recurso de amparo presentado por Alberto Trokun contra Sacta S.A. y el Gobierno de la Ciudad, en la Fiscalía en lo Contencioso Administrativo y Tributario Número 2. El fiscal Alfredo Gusman debía decidir sobre la inconstitucionalidad de uno de los artículos de la Ley de Deudores Alimentarios. Y para sorpresa de muchos, o no tantos, el letrado, el 3 de noviembre, le dio la razón a Trokun.
El ex taxista se presentó ante la justicia, ya que denunciaba que su inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos le impedía renovar su tarjeta de conductor de taxi. El damnificado manifestó que desde 1992 se desempeñaba como chofer de taxi, y que desde 1995 está separado de la madre de sus dos hijas. La mujer le inició una causa por alimentos en 1999, por lo cual fue incluido en el registro.
Su tarjeta de conductor venció el 2 de junio de 2003 y al no poder renovarla debió renunciar a su trabajo el 17 de junio del mismo año. En la presentación el taxista señaló que su inclusión en el registro "viola su derecho a trabajar" y "afecta a su dignidad, ya desde que renunció a su trabajo vive del dinero que le prestan sus familiares".
La Ley sobre Deudores Alimentarios señala que "las instituciones u organismos Públicos de la Ciudad no pueden abrir cuentas corrientes, tarjetas de créditos, otorgar habilitaciones, concesiones, licencias o permisos, ni designar como funcionarios jerárquicos a quienes se encuentran incluidos en el Registro".
La actual defensora del Pueblo de la Ciudad, Alicia Pierini, señaló cuando era legisladora porteña "la contradicción que se podía generar por la aplicación de la norma, ya que estaría impidiendo el ejercicio de algunos trabajos y formas laborales". Para Pierini es mucho mejor buscar otra solución como la retención de lo adeudado, en el sueldo del implicado. De esta manera no se perjudicaría a ninguna de las dos partes.
Este comentario está incluido en el dictamen. Para el letrado, la normativa perjudica a quienes tendría que favorecer, en este caso las hijas del taxista.
Gusman también cita lo mencionado por la Corte Suprema en un dictamen en donde afirma que a pesar de que "una norma puede ser razonable, en su aplicación lleva a resultados inconstitucionales".
En su larga conclusión de varias carillas el fiscal "propicia la procedencia del planteo de inconstitucionalidad impetrado por la actora".