Nocturnidad por decreto
Tres años de espera y un episodio trágico nacido por un problema de habilitaciones agotaron la paciencia del Gobierno de la Ciudad. Pasando por encima de su propio proyecto, estancado en la Legislatura local, el Poder Ejecutivo porteño elaboró un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para dar forma al Régimen Especial de Seguridad en Actividades Nocturnas. La norma busca poner fin al caos de decretos y leyes que conforman el sistema de habilitaciones y permisos precarios de bares, casas de fiesta privadas y salas de música, causa principal de las irregularidades que afectan a una enorme cantidad de establecimientos que funcionan en la capital.
En el artículo 3º del DNU se establece a la Agencia Gubernamental de Control como la Autoridad de Aplicación, la cual deberá velar por el cumplimiento de las regulaciones dispuestas por el anexo del decreto, que abarca a todos ?los locales que desarrollen actividades nocturnas en los rubros que importen el expendio de comidas y bebidas para el consumo en el lugar, realización de shows musicales, actividades de baile y los relativos a usos culturales?. Entre las disposiciones que alcanzan a todos los establecimientos se destaca la colocación en cada local de dos carteles luminosos: uno que consigne la capacidad autorizada del mismo y otro que indique si se ha alcanzado el máximo permitido.
El anexo incluye un pasaje entero sobre las casas de fiestas privadas, blancos de las principales críticas debido a la flexibilidad que existe respecto a las condiciones de habilitación y de usos. El nuevo decreto fija la incompatibilidad de este tipo de uso con el de restaurante, café bar y similares, y aclara que si bien pueden incluir espectáculos musicales en vivo, éstos no pueden ser el evento central sino solamente accesorios. También deberán contar con un permiso especial para eventos destinados a estudiantes primarios y secundarios. Los locales actualmente habilitados tendrán 180 días desde la entrada en vigencia del régimen para adaptarse a la nueva normativa. El mismo plazo será para solicitar a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos el cálculo de capacidad del local.
Otro conjunto de artículos se centra en la creación de un Registro de Bares que incluya a los locales habilitados ?bajo los rubros café, bar, restaurante, cantina, casa de lunch, despacho de bebidas, whisquerías, cervecería y afines, que deseen fijar su capacidad conforme los término del presente?. Antes de solicitar la inscripción será necesario un informe técnico que determinará la capacidad del local. La AGC deberá elaborar el manual de procedimientos para fijar criterios de confección de los informes.
Con respecto a los espacios que a lo largo de los años recibieron habilitaciones precarias bajo el rubro de usos culturales, el DNU establece un ?Régimen Provisorio para Usos Culturales?, que incluye a los rubros de acuerdo con el DNU Nº3/05 o que acrediten existencia en esas actividades al 20 de diciembre de 2006. El régimen tendrá aplicación hasta el 31 de diciembre de 2012, o hasta que el local logre habilitación definitiva, e incluye a teatros independientes, clubes de música en vivo, peñas y salones milonga. Los establecimientos incluidos deberán iniciar el trámite de habilitación ante la DGHP antes del 31 de diciembre de 2011.
Esta es la segunda oportunidad en lo que va de 2010 en que el Ejecutivo hace uso de un DNU para establecer una norma. La anterior oportunidad había sido como respuesta a las severas inundaciones que la Ciudad sufrió en el mes de febrero. Aunque aún no fue publicada en el Boletín Oficial, y por lo tanto aún no entró en vigencia, la norma ya fue enviada a la Legislatura, donde deberá ser ratificada en un plazo de 30 días por mínimo de 31 votos. En caso de que no se trate antes del inicio del receso, el Ejecutivo o la misma Legislatura deberán convocar a una sesión especial.