Justicia con necesidades especiales
La Constitución de la Ciudad garantiza a las personas con necesidades especiales ?el derecho a su plena integración, a la información y a la equiparación de oportunidades?, y establece que en el sector público contarán con el 5 por ciento de los cargos. A pesar que el estatuto organizativo fue sancionado en el año 1996, en el Poder Judicial aún está pendiente la reglamentación que permitirá dar cumplimiento al mandato constitucional.
Con el objetivo de reglamentar la incorporación de personas con discapacidad, el Consejo de la Magistratura podría someter a votación el próximo jueves durante la reunión de Plenario, un proyecto establece la prioridad en la cobertura de los cargos vacantes para aquellas personas con discapacidad que observen condiciones e idoneidad para el puesto o cargo que deba cubrirse.
Según expresa el texto de la iniciativa a la que tuvo acceso NU, la prioridad deberá respetarse siempre que ?se encuentre comprometido? el cupo mínimo del 5 por ciento, y la designación se efectuará teniendo como requisitos ?idoneidad para el cargo? y acreditación de su condición emitido por el Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación.
De aprobarse la iniciativa, alcanzará a los tribunales de primera y segunda instancia de la Ciudad y a la estructura administrativa del Poder Judicial porteño, exceptuando al Ministerio Público y el Tribunal Superior.