Publicado: 04/01/2008 UTC General Por: Redacción NU

Publicaron el decreto y llaman a sesión extraordinaria

El Gobieno porteño publicó este viernes el decreto de necesidad y urgencia mediante el cual interviene la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires. Y solicitó a la Legislatura una sesión extraordinaria para el 10 de enero, con el objeto de refrendar la medida. Según la Constitución porteña, habría tiempo hasta el 14 del corriente para la ratificación del decreto antes de que sea declarado nulo.
Publicaron el decreto y llaman a sesión extraordinaria
Redacción NU
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El jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, solicitó a la Legislatura de la Ciudad el llamado a una sesión extraordinaria para el próximo 10 de enero, con el objeto de que ratifique el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 1/2008, publicado este viernes, por el cual dispuso la intervención de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA).

La medida fue adelantada a NOTICIAS URBANAS por fuentes inobjetables del macrismo. Según el artículo 103 de la Constitución de la Ciudad, los DNU deben ser remitidos a la Legislatura para su ratificación dentro de los diez días corridos de su dictado, bajo pena de nulidad. Por este motivo, los diputados tendrían tiempo hasta el 14 de enero para expedirse.

Tal como lo anunció Macri en conferencia de prensa el último, el decreto dispone la intervención de la Obsta por 180 días corridos, prorrogables por igual plazo. También se establece el cese en sus funciones del actual directorio de la obra social y se designa como interventor de la misma a Jorge Andrés Rey. El interventor tendrá atribuciones propias del presidente y el directorio de la Obsta. Por debajo de Rey, como sub interventor, se nombra a Jorge Arnoldo Lucchesi.

Por otra parte, se instruye al Interventor para que a la brevedad posible concrete la adhesión de la obra social al régimen del Sistema Integrado Nacional, regido por las Leyes 23.660 y 23.661, de acuerdo con lo prescripto por los artículos 37 y 38 de la Ley 472, y para que realice un detallado informe de la situación económica y financiera de la obra social.

En tanto, se faculta a los Ministros de Salud y de Hacienda a dictar las normas reglamentarias del DNU, en tanto resulten necesarias para posibilitar el cumplimiento de sus estipulaciones, sin que se contrapongan con el espíritu del decreto. El Ministro de Hacienda supervisará la actuación del interventor y podrá impartirle las instrucciones que considere adecuadas.

En los fundamentos del DNU el Gobierno porteño argumenta que "la ObSBA tiene carácter de ente público no estatal, organizada como instituto de administración mixta con capacidad de derecho público y privado, y cuenta con individualidad jurídica y autarquía administrativa y económico-financiera; y que el Ministerio de Salud, en su carácter de autoridad jurisdiccional en la materia, ha impulsado la realización de evaluaciones y controles de los servicios y prestaciones de salud que consideró pertinentes, cuyas conclusiones resultan altamente preocupantes en cuanto revelan un estado de señalada irregularidad en el otorgamiento de las correspondientes prestaciones".

También manifiesta que "a idénticos resultados alarmantes condujeron los exámenes efectuados por la Auditoría General de la Ciudad tras la realización de diversos procedimientos de control previamente determinados en la gestión de la entidad, concluyendo en advertir una auténtica situación de emergencia denotada por el déficit operativo crónico y estructural de la ObSBA".

Asimismo, expresa que "el artículo 37 de la Ley 472 estableció como plazo máximo el 1° de enero de 2003 para que la ObSBA dispusiera su adhesión al régimen del Sistema Integrado Nacional de Salud. A partir de dicha fecha sus afiliados podrían, en igualdad de condiciones con los restantes trabajadores del país, ejercer la libertad de elección de su obra social y ésta quedaría adherida a las normas legales citadas".

Y señala que "numerosos precedentes jurisprudenciales adversos al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires han puesto en entredicho la situación de anomalía derivada de la inexplicable omisión incurrida, desde hace ya cinco años, al no regularizar el status de la ObSBA como gestor natural del Sistema Nacional Integrado de Salud. En los mismos se invoca la forzosa intervención del poder de policía del Estado a fin de preservar un escenario que privilegie la libertad de las personas de optar por la obra social que resulte de su preferencia".

El decreto fue firmado por Macri, Horacio Rodríguez Larreta, Néstor Grindetti, Guillermo Montenegro, Jorge Lemus, Mariano Narodowski, Daniel Chain, Hernán Lombardi, Esteban Bullrich, Francisco Cabrera y Juan Pablo Piccardo.

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