Publicado: 09/09/2005 UTC General Por: Redacción NU

Qué dice el descargo de Ibarra

El jefe porteño presentó por escrito su descargo este viernes por la mañana en la Legislatura porteña. Allí, cuestionó duramente la investigación de la comisión que recomendó su juicio político y recusó a cinco legisladores de la Sala Acusadora. Éstas son las partes sustanciales de la argumentación de Aníbal Ibarra, que por el voltaje de su contenido, fueron transcriptas literalmente
Qué dice el descargo de Ibarra
Redacción NU
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La Comisión Investigadora de la Sala Acusadora de la Legislatura que lleva adelante el juicio político al jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra, a fin de establecer sus responsabilidades políticas en la tragedia ocurrida el 30 de diciembre de 2004 en el local bailable República Cromañón, se reunió este viernes para recibir el descargo del mandatario. El martes próximo a las 10 volverá a sesionar la Comisión para la admisión de la prueba y la aceptación de la documentación.

La defensa de Ibarra, realizada por escrito, ingresó por la mañana a la Legislatura pero recién pudo llegar a manos de los integrantes de la Comisión una hora después debido a que no había sido previamente foliada, según informó la presidencia de la misma, trabajo que tuvo que hacerse en la Mesa de Entradas. Diputados de la Comisión señalaron el hecho como una "desprolijidad", y acusaron a Ibarra de ser él quien "no cuida las formas".

Presidió la reunión el titular de la Comisión, Marcelo Godoy (Compromiso para el Cambio), e integraron la mesa los diputados Jorge San Martino (Recrear), Silvia La Ruffa (Frente para la Victoria), Daniel Betti (Bloque del Sur), Rubén Devoto (Movimiento por un Pueblo Libre), Ariel Schifrin (Confluencia), Diego Kravetz (Frente para la Victoria), Álvaro González (Juntos por Buenos Aires) y Sandra Dosch (Frente Grande).

Además, se encontraban presentes entre el público -conformado mayoritariamente por familiares y víctimas sobrevivientes de la tragedia, periodistas y asesores-, el vicepresidente primero de la Legislatura, Santiago De Estrada (Juntos por Buenos Aires) y los diputados Milcíades Peña (Confluencia), Fernanda Ferrero (Juntos por Buenos Aires), Susana Etchegoyen (19 y 20 de Diciembre).

Luego de un breve cuarto intermedio, Godoy presentó la documentación e informó que el material remitido por Ibarra consta de un sobre con la contestación referida al expediente 2021/05 abarcada en 223 fojas, un escrito de recusación integrado por cinco fojas y tres cajas con documentación. También precisó que las tres cajas contenían 300 fojas y disposiciones comprendidas en otras 130 fojas.

Además, el jefe de Gobierno recusó a cinco diputados porque "dentro de las garantías del debido proceso debe destacarse especialmente la falta de imparcialidad del juzgador". En ese sentido, Ibarra cuestionó a los diputados Martín Borrelli y Álvaro González por haber sido parte de la Comisión Especial que investigó el tema previo al inicio del proceso de juicio político; a Rubén Devoto y San Martino, por haber presentado sendos proyectos pidiendo su juicio político; y a Schifrin, por "una manifiesta enemistad personal". En este último caso, el jefe de Gobierno ofreció como testigos a personas que trabajaron muy cerca de él.

Con respecto al descargo en sí mismo, Ibarra afirmó entre otras cosas:

- "Ninguna duda cabe acerca de que la comisión creada por Resolución 624 tenía por objeto investigar 'la responsabilidad que les pueda caber a autoridades, funcionarios y empleados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires'. Eso es una cosa. Otra bien distinta es no investigar ni analizar el desempeño de los otros organismos nacionales que actuaron en la emergencia o en los trámites de habilitaciones, por ejemplo, a fin de circunscribir con precisión los márgenes de responsabilidad y esclarecer los hechos. O no investigar la regularidad de la extensión de certificados contra incendios previstos en la ordenanza 50.250. O no investigar la incidencia del uso de pirotecnia en lugares cerrados, o la relevancia de que estuviera cerrada la puerta de emergencia como causante de la tragedia, y en particular de la magnitud que adquirió la misma. O no analizar las prácticas sociales peligrosas, generalmente aceptadas y promovidas, o desatendidas, en el desencadenamiento de la tragedia. O no analizar experiencias internacionales".

- "Los legisladores de la comisión creada por Resolución 624 analizaron el manejo de la emergencia y no citaron a declarar a un solo policía y solamente a dos bomberos. Los legisladores no investigaron la relación de los dueños del local con los policías de la Comisaría 7ma. Los legisladores no le dedicaron siquiera un renglón al que tiró la bengala. Tampoco lo hicieron con los que mantuvieron cerrada con candado las puertas de emergencia. No se preocuparon por averiguar en cuánto tiempo se abrió esa puerta de emergencia. Tampoco en quiénes avisaron a la policía y al SAME y en cuánto tiempo se hizo ese aviso desde que se desencadenó el incendio. El horario en que comenzó el incendio tampoco se acreditó con mínima rigurosidad. No investigaron cuál fue el desempeño de los policías presentes en el lugar de la tragedia en el momento en que se desencadenó (se supone que estaban allí para cuidar la seguridad de la gente). Si al menos avisaron a alguien de lo que pasaba, en su caso a quién y en qué momento lo hicieron. Tampoco cuál fue el desempeño de la policía de la Comisaría 7ma. en los días previos a la tragedia. No averiguaron si la policía de la jurisdicción se enteró de que hubo dos incendios en los días anteriores y, en su caso, si dio el aviso. En caso negativo respecto del aviso, por qué no lo dio. No analizaron las normas contravencionales, su incumplimiento y su relación con la tragedia. Quiénes las incumplieron, quiénes debían prevenir y quiénes actúan ante las contravenciones. Todos estos elementos habrían servido, sin duda alguna, a una investigación objetiva".

- "A la comisión nunca le interesó la verdad, los legisladores sólo buscaron prueba que pudiera fundamentar lo que habían decidido desde un primer momento: pedir el juicio político del Jefe de Gobierno. Lo dijeron ellos expresamente sin preocuparse siquiera por hacer público un prejuzgamiento evidente. En la versión taquigráfica del día 25 de abril del 2005 de las sesiones de la comisión, la presidenta Fernanda Ferrero textualmente dijo: 'Pero el hecho de poder determinar las responsabilidades con nombre y apellido es muy importante. No me refiero al perejil… Si nos ponemos a buscar entre ellos, no vamos a encontrar a los culpables. Los culpables son los que daban las órdenes. Tenemos que apuntar hacia allí. Estamos haciendo un trabajo con la información que obtenemos de la justicia, de ustedes, de quienes han sufrido y con el consejo de los letrados que están interviniendo como querellantes. Entendemos que ellos son los que más rápido nos pueden consustanciar, para no perder más tiempo'".

- "Quienes integraron la llamada comisión investigadora hicieron exactamente lo contrario: armaron prueba, prepararon testigos, convocaron a quienes ya sabían como iban a declarar, alteraron documentos para encubrir a un legislador y se manejaron con una absoluta falta de objetividad. Hacer semejantes cosas en el marco de cualquier trabajo es grave, pero hacerlo en el marco de la investigación de la peor tragedia que ocurriera en la Argentina por causas no naturales es de una gravedad institucional sin precedentes. No me sorprende semejante accionar por parte de quien fue presidenta de la comisión. Si no tuvo ningún pudor para hacer negocios económicos y financieros con los Massera ningún problema iba a tener para actuar de esa manera en la investigación. Sí me sorprende de otros legisladores que siempre afirmaron profesar un espíritu plural y democrático".

- "En definitiva, nadie leyó lo que firmó. No hay ninguna otra explicación para las repeticiones en las que incurrieron. Si se tratara de una monografía estudiantil ya estaba decidido el aplazo. Si se tratara de una sentencia judicial, sería nula. Pero esas repeticiones ponen en evidencia la superficialidad e improvisación en el trabajo de la comisión. En realidad, pone en evidencia el prejuzgamiento. No importaba qué testimonio se transcribía, no había necesidad de leerlo, porque lo que interesaba eran las conclusiones, ya decididas de antemano. Si un solo legislador se hubiera interesado en los testimonios para arribar a una conclusión derivada de sus contenidos habría leído el capítulo correspondiente y habría advertido el papelón de las repeticiones, y lo habría corregido. Nada de esto ocurrió, como se demostró más arriba".

- "El Dr. Juan Antonio Mazzei, médico del Hospital de Clínicas, mintió porque silenció una cuestión esencial del testimonio que estaba dando que es el no haber estado presente en los hechos que relató porque estaba fuera de la República Argentina, lo que debió haber hecho desde un principio. Sabía que declaraba como testigo y prestó juramento de decir verdad. Y mintió. Prefirió mentir y obtener un rédito político –que pretendió profundizar luego con un raid mediático-, prefirió jugar con el dolor y los sentimientos de los familiares, antes que decir la verdad. Se burló de sus colegas que sí trabajaron esa noche. Mintió también Mazzei cuando afirmó que todas las víctimas recibidas por el Hospital de Clínicas habían sido llevadas hasta allí por la policía. Eso tampoco es cierto. La diputada Estenssoro organizó la declaración de Mazzei y empezó mintiendo ante las propios legisladores ya que lo propuso ante la comisión el 27 de junio del 2005 como 'experto en catástrofes' y Mazzei no lo era".

- "Pero esto no es todo. El día primero de julio le recibieron declaración al señor Norberto Varela, quien se había desempeñado como interventor de la Policía Municipal desde el 9 de abril de 1997 hasta los primeros días del mes de septiembre de 1998. Es decir, Varela había sido jefe de los inspectores cuando se habilitó El Reventón-Cromañón. Contestando a una pregunta del diputado Borrelli, el nombrado Varela dijo textualmente 'Dependíamos, en primer lugar, del doctor Gauna y, después del doctor Mathov y del subsecretario, el doctor Enríquez. Esa era la dependencia'. Pues bien, a fojas 716/7 del dictamen de la comisión, los legisladores citan textualmente las palabras de Varela y allí toman precisamente el párrafo citado. Entre comillas los legisladores transcriben las palabras de Varela que dice 'Dependíamos, en primer lugar, del doctor GAUNA y, después, del doctor MATHOV y del SUBSECRETARIO. Ésa era la dependencia. Como todos advertirán la mención a Enríquez desapareció ostensiblemente del dictamen de la comisión. Los legisladores, según ellos inspirados en Joaquín V. González y en Mariano Moreno, entre otros patriotas, sustrajeron del dictamen la mención al diputado Jorge Enríquez".

- "La llamada 'comisión investigadora' resolvió recomendar el juicio político a la síndica de la Ciudad de Buenos Aires, contadora Marcela Sánchez de Bustamante, recomendación que hizo propia la comisión de juicio político, corriéndole traslado de las imputaciones que se le realizan (…) Entonces resulta que después de meses de 'investigación' llegan a la conclusión de que hay que iniciar juicio político a dos funcionarios por su responsabilidad por la tragedia de Cromañón. Pero uno de ellos, la síndica, no es pasible de juicio político. En otras palabras, de los pedidos de juicio político el 50 por ciento es un grosero error constitucional".

- "Los legisladores de la comisión investigadora de la Sala Acusadora no han podido decir sinceramente y con precisión qué me reprochan y de qué me acusan. Algo básico y necesario no pudieron hacerlo. Discutieron mucho pero no lo hicieron. Los integrantes de la comisión investigadora rechazaron fundamentar los hechos investigados con la prueba que los sustentaba en virtud de que el reglamento de la comisión nada establecía al respecto. Para los legisladores tiene más jerarquía una resolución resuelta por ellos en el marco de una comisión, tal como es el reglamento de la Sala Acusadora, que las leyes nacionales y la Constitución Nacional. No era necesario ningún adagio romano para saber que una disposición de jerarquía menor como una resolución de los legisladores no puede ir en contra de las normas nacionales y de la propia Constitución. El diputado Jorge Enríquez será abogado pero de jerarquía de leyes sabe muy poco".

- Sobre la habilitación y/o clausura de Cromañón: "Microestadio es una suerte de palabra mágica, alguien la echó a rodar y aparece varias veces en el dictamen para hacer una parábola y tratar de justificar la acusación al Gobierno de la Ciudad por no haber clausurado el local República de Cromañón en su supuesto carácter de microestadio. Se dice que en realidad no era un local de baile clase C sino que era un microestadio, que funcionaba como tal y que, en consecuencia, debía haber pedido permiso para hacer recitales. Ese razonamiento continúa diciendo que de haberse otorgado ese permiso se habría controlado y, por lo tanto, la tragedia no habría ocurrido. O bien, que no se hubiera otorgado el permiso y la tragedia tampoco habría ocurrido. El juez también avanza más allá y sostiene en el auto de procesamiento de Omar Chabán y de ex funcionarios de la Ciudad que '… el local de marras…se trataba de un local con una determinada habilitación (clase C) pero que en la práctica funcionaba como un microestadio (que tiene otro régimen de habilitación)'. No sólo no tiene otro régimen de habilitación sino que no tiene ninguno, porque en el Código de Habilitaciones el 'microestadio' no existe. Tampoco tiene régimen alguno en los otros códigos vigentes, sea el de Planeamiento Urbano, sea el de Edificación. Para desilusión de todos los nombrados precedentemente, legisladores, testigos y juez, la palabra microestadio no figura, como se dijo, en ninguno de los códigos de la Ciudad de Buenos Aires. Ni en el Código de Habilitaciones, ni en el Código de Edificación, ni en el Código de Planeamiento Urbano".

- "Aunque a los legisladores no les guste que se diga que la legislación es obsoleta. No les gusta porque quieren 'despegarse' del problema. Ellos son los responsables de dictar las leyes y ni siquiera están dispuestos a analizar qué cambios podían haber hecho en las leyes para disminuir ciertos riesgos. Ellos son parte del problema, aunque no lo quieran. Necesitan ratificarse a sí mismos que la legislación no es obsoleta. Por eso en las conclusiones del capítulo 10 del dictamen dicen expresamente 'que la normativa preexistente (que) no resultaba obsoleta'. Sin embargo, la realidad les demuestra lo contrario".

- "Descartado que Cromañón funcionara como microestadio, lo que realmente hay que discutir es si estaba autorizado o habilitado para hacer recitales. Ello así porque una vez otorgada una habilitación el local debe ceñirse a realizar las actividades contempladas en la habilitación y abstenerse de realizar las no autorizadas, so pena de verse en infracción. La pregunta entonces es si los locales habilitados como de baile clase C (y por lo tanto Cromañón) podían o no hacer recitales. El Jefe de Gobierno sostiene que en República Cromañón sí se podían hacer recitales, lo que ya había afirmado en su presentación ante la Legislatura. La primera aclaración que debe hacerse es que la categoría 'recitales' no existe en la normativa de la Ciudad de Buenos Aires. Dicho de otra manera, no hay un solo local habilitado en la Ciudad que textualmente en la reglamentación de su habilitación diga que allí se puede hacer recitales".

- Sobre el defensor adjunto del Pueblo, Atilio Alimena: "En su declaración de fecha 26 de abril dice taxativamente que 'Ningún local Clase C está habilitado para recitales, y no se puede hacer recital alguno'. Sin embargo pueden repasarse todos los pedidos, presentaciones, planteos, informes, declaraciones, escritos y publicaciones que haya hecho desde su cargo de Defensor Adjunto. También pueden buscarse todos sus proyectos y pedidos de informes mientras fue legislador. También todas las clausuras en las que intervino mientras fue Director General de Policía Municipal (año 1994). No vamos a encontrar ni un solo reclamo, ni un solo pedido de informes, ni una clausura, nada de nada, por hacerse recitales en locales bailables clase C. Porque Alimena también sostenía que podían hacerse recitales en los locales bailables clase C, aunque ahora, después de la tragedia, diga lo contrario. Mientras Alimena fue director de la policía municipal, se desarrollaron decenas de recitales en Cemento, local bailable clase C, sin pedido de autorización y él no realizó ninguna clausura, tal como ahora sí profetiza. También se hicieron decenas de recitales sin pedido de autorización en The Roxy, en Rivadavia al 1900, también local bailable clase C".

- "Debo manifestar que constituye un grave error de derecho desconocer cuál es el órgano encargado de la instrucción de sumarios administrativos y establecer como hecho configurativo de mal desempeño del Jefe de Gobierno 'incumplir la obligación legal de instruir en tiempo y forma sumarios administrativos'. Es grave que se desconozca la ley sobre la que se basa una de las imputaciones formuladas al Jefe de Gobierno. Digo que las desconocen porque el artículo 1 de la ley 1218 establece claramente que es la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quien tiene competencia para instruir sumarios. Tampoco puede entenderse que aunque no es competencia del Jefe de Gobierno instruir sumarios le corresponde controlar que éstos sean instruidos en tiempo y forma porque ello también implica desconocer que la Procuración General, que tiene dependencia funcional y jerárquica del Jefe de Gobierno, 'ejerce sus funciones con independencia técnica' (art. 3º ley 1218)".

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